Gestha discrepa de la sentencia absolutoria de Xabi Alonso y espera que Fiscalía y Abogacía la recurran

Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) discrepan de la sentencia absolutoria de la Audiencia Provincial de Madrid al exjugador y entrenador Xabi Alonso y confían en que la Fiscalía y la Abogacía del Estado la recurran.

Así lo ha señalado el sindicato después de que la Audiencia Provincial de Madrid haya absuelto al exfutbolista Xabi Alonso de tres delitos contra la Hacienda Pública relativos a los ejercicios de 2010, 2011 y 2012 por los que le acusaba la Fiscalía de Madrid por no tributar bajo la supuesta apariencia de una cesión de explotación de derechos de imagen a una sociedad.

Desde el sindicato ven “incongruente” que la Audiencia Provincial de Madrid no atribuya al IRPF de Xabi Alonso los ingresos de los anunciantes, a pesar de que reconoce que Kardzali Comercio Serviços De Consultoria e Investimentos LDA, a quien el ex futbolista cedió sus derechos de imagen, no tenga trabajadores, ni estructura, ni capacidad para gestionar los derechos del donostiarra, sino que solo expidió y cobró las facturas de los anunciantes.

Asimismo, señala la “obviedad” de que si una empresa no paga impuestos y cobra “cuantiosos” derechos de imagen incremente significativamente su tesorería, y la invierta en fondos de inversión para obtener una rentabilidad adicional, sin que ello enerve, a juicio de los técnicos, la base de la acusación.

De igual forma, ve “muy relevante” que Kardzali esté domiciliada en Madeira (Portugal) y estuviera constituida nueve años antes sin tener ninguna actividad hasta que Xabi Alonso le cedió sus derechos de imagen el 1 de agosto de 2009 por 5 millones de euros, así como que no los cobrara sino en fechas posteriores, y comprara todas las acciones cuatro meses y medio después, el 16 de diciembre de 2009, por solo 5.000 euros.

Los técnicos opinan que el objeto de tales operaciones era aprovecharse de un régimen fiscal de exención total de impuestos de Kardzali hasta el año 2012, ejercicio en el que le sería aplicable un tipo del 4% y entre 2013 y 2020 del 5%. A este respecto, recuerdan que Xabi Alonso fichó por el Real Madrid el 5 de agosto de 2009, y fue jugador del club hasta que el 29 de agosto de 2014 fichara por el Bayern de Múnich.

Por otra parte, recuerdan que el artículo 92 de la Ley del IRPF únicamente puede aplicarse a los derechos de imagen generados con el Real Madrid, y no por los otros ingresos de anunciantes de 685.900 euros en 2010, 363.000 euros en 2011 y 1,03 millones de euros en 2012.

Aunque reconoce que Xabi Alonso no ocultó su participación en la empresa, Gestha opina que la Fiscalía y la Abogacía del Estado deben recurrir esta sentencia.

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Source: Europapress

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