Una campaña de IRPF con pocos cambios a la espera de la gran reforma autonómica

Los contribuyentes que ganan entre 22.000 y 35.000 euros, los más afectados en esta declaración

El 3 de abril ha zomenzado la campaña del IRPF 2023, que durará hasta el día 1 de julio. Los contribuyentes que ganan entre 22.000 y 35.200 euros anuales van a ser esta vez los que peor la afronten, al habérsele retenido menos, mientras que a varios miles de pensionistas, en cambio, les devolverán dinero por haber cotizado hace décadas a mutualidades. Va a ser una campaña con pocos cambios, aunque desde enero se han producido novedades fiscales importantes a nivel regional, al reducir los tipos el nuevo Gobierno cántabro y añadir nuevas deducciones, pero eso se reflejará en la declaración del próximo año.


La campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2023 ya ha comenzado. No hay cambios significativos este año, pero los contribuyentes con ingresos de entre 22.000 y 35.200 euros pueden llevarse un susto al presentar la declaración ya que se les han hecho menos retenciones, aunque también hay novedades fiscales mas amables, como la deflactación del IRPF autonómico en Cantabria, tal como han hecho algunas otras comunidades.

Como cada año, las fechas de cierre de campaña dependerán de la forma y resultado de la declaración, y aquellos que quieran contar con la ayuda de un gestor de Hacienda tendrán que esperar a mayo y junio, que es cuando estará disponible la atención telefónica, y quienes soliciten citas presenciales, a junio.

Aquellos a los que la declaración les obligue a ingresar, podrán fraccionar el importe, sin interés, en dos pagos: el 60% al presentar la declaración, y el 40% restante, en las fechas que se fijen, que suele ser a principios de noviembre.

Ingresos de entre 400 y 900 euros

La Agencia Tributaria obligará a ingresar entre 400 y 900 euros a los ciudadanos cuyos ingresos anuales se encuentran entre los 22.000 euros (que es la cuantía a partir de la que debe presentar la declaración de la Renta con un solo pagador) y 35.200. La cantidad variará en función de su renta y las cargas familiares que tengan.

La campaña del IRPF 2023 durará más que nunca: desde el próximo 3 de abril hasta el 1 de julio. Las citas presenciales en Hacienda se reducen a la mitad de tiempo y tendrán lugar solamente en junio.

Es la consecuencia de la modificación del Reglamento del IRPF aprobada por Hacienda en 2022. Pese a que en un primer momento esa rebaja de la retención que hacen las empresas se contempló como un alivio para este colectivo, ahora se convertirá en un verdadero desafío económico.

Rodolfo Rodríguez, de BDR Asesores, aclara que esta situación viene dada “porque vieron reducida su retención a cuenta del IRPF y, por tanto, se verá incrementada la cuota diferencial a satisfacer, pero la cuota líquida seguirá siendo la misma. Es decir, la reducción de retenciones tiene un mero efecto financiero, pero no cambia la presión fiscal para el colectivo afectado”.

Autónomos y dos pagadores

Una novedad de esta campaña afecta a todos los autónomos que se han dado de alta en 2023, que estarán obligados a presentar la declaración de la renta, aunque no alcancen los ingresos mínimos.

Anteriormente, solo era obligatorio cuando superaban los 1.000 euros. Ahora, cualquier persona que haya realizado una actividad económica como autónomo tendrá que presentar la declaración. Este cambio se justifica por el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que hace que Hacienda necesite conocer el rendimiento neto de todos los autónomos.

Según datos de la Seguridad Social, serán unos 200.000 trabajadores por cuenta propia los que se vean afectados, la mayoría pequeños autónomos que compatibilizan su puesto de asalariado con una fuente extra de ingresos.

Rodríguez considera que “esta obligación es una forma de tener un control más exhaustivo de los autónomos y poder aumentar el número de contribuyentes que pueden ser revisados por sus rendimientos. Cada vez más, se están intensificando las comprobaciones de tipo parcial por parte de la Agencia Tributaria, por las que piden el libro de registro a los autónomos para valorar si los gastos que han incluido son necesarios para la consecución de sus ingresos y, por tanto, si son deducibles fiscalmente”.

Tratando de ver el lado positivo de este cambio, la realidad es que cuando un autónomo tiene unos ingresos tan bajos, lo probable es que su declaración le depare algún tipo de devolución, debido a las deducciones y reducciones disponibles.

Otra novedad para los autónomos es el incremento del porcentaje de los gastos de difícil justificación que pueden deducir en sus declaraciones. Este año podrán minorar el 7% de sus rendimientos, en lugar del 5% del año pasado, eso sí, con un límite de 2.000 euros.

Si tienen trabajadores a su cargo, podrán deducirse también hasta el 10% en la cuota íntegra por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial (rentas inferiores a 27.000 euros). Cuando se trate de trabajadores con retribuciones brutas superiores a esa cantidad, la deducción se aplicará proporcionalmente.

Este ejercicio, también se verán afectados por los cambios quienes hayan tenido dos pagadores en 2023. Antes, todos los contribuyentes con más de un pagador que superasen los 14.000 euros estaban obligados a presentar su declaración. El umbral pasa ahora a 15.000 euros.


Deducciones para propietarios e inquilinos

La aprobación de la Ley de Vivienda el pasado mayo pone sobre la mesa nuevas deducciones fiscales para propietarios e inquilinos.

La campaña de la Renta de 2023, que se realizará esta primavera, será la última en la que todos los caseros se podrán desgravar se el 60% en el rendimiento neto del alquiler de vivienda. A partir de la próxima, deberán tener muy en cuenta la fecha en la que firmaron sus contratos de arrendamiento para confirmar la bonificación que se pueden aplicar.

Por lo general, podrán deducirse el 50% de los alquileres, pero hay circunstancias que pueden ampliar este porcentaje. La deducción aumentará hasta un 60% cuando la vivienda haya sido objeto de una rehabilitación en los dos años anteriores a la fecha de firma del contrato de arrendamiento.

Hay dos casos en los que esta deducción puede incrementarse, aunque no parece que los propietarios cántabros vayan a acogerse a ellas, ya que dependen de que la vivienda en cuestión esté localizada en una zona tensionada, algo que está aún por delimitar.

En este caso, el porcentaje puede aumentar hasta un 70% si la vivienda situada en esta zona se alquila por primera vez, siempre que el arrendatario tenga una edad comprendida entre 18 y 35 años. También es aplicable si el arrendatario es una Administración Pública o una entidad sin fines lucrativos.

Por último, la deducción alcanzará el 90% cuando se renueve un contrato de alquiler a un inquilino en una zona tensionada y se le rebaje el alquiler en más de un 5%.

Para los inquilinos

Quienes viven de alquiler también tienen una deducción estatal por su vivienda habitual. Los requisitos para acogerse a esta deducción son tener firmado el contrato con anterioridad a 1 de enero de 2015, una base imponible inferior a 24.107 euros y haber tenido derecho a la deducción otros años.

La deducción aplicada saldrá en las casillas 562 y 563, y la cuantía máxima es de 9.040 euros anuales.

A su vez, las comunidades autónomas cuentan con sus propias deducciones en esta materia y en Cantabria, la deducción por alquiler de la vivienda habitual es del 10% de lo pagado y puede aplicarla el titular del contrato de arrendamiento si tiene menos de 35 años, 65 o más o padece una discapacidad del 65% o superior. Para ser beneficiario, la suma de la base liquidable general y la del ahorro, menos el mínimo personal y familiar no debe superar los 22.946 euros en tributación individual o 31.485 euros en conjunta.

Además, se requiere que lo pagado en concepto de alquiler supere el 10% de la renta del contribuyente. El límite máximo a deducir es de 300 euros anuales en tributación individual o 600 euros en la conjunta.

Cantabria tiene también una deducción para alquiler de vivienda en zonas en despoblación y otra por los gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a estas zonas por motivos laborales.


Devoluciones a pensionistas

Este año, la Agencia Tributaria estará obligada a devolver dinero a un colectivo concreto de pensionistas, los que entre 1967 y 1978 cotizaron a través de las antiguas mutualidades laborales (como el que tenían eléctricas, comercio, metalurgia, pesca, astilleros o construcción, entre otros sectores). Tanto ellos como sus herederos pueden solicitar la devolución del IRPF pagado de más y un ajuste en sus declaraciones futuras en ejercicios aún no prescritos.

El Tribunal Supremo ha establecido en varias sentencias que los ingresos aportados por los mutualistas para cubrir la contingencia de jubilación tienen la naturaleza de cotizaciones a la Seguridad Social, y que mientras trabajaron tributaron de más. Por ello, obliga al Estado a devolver unos 3.000 euros por trabajador para compensar esa doble imposición, ya que los mutualistas estuvieron tributando dos veces por las mismas prestaciones –a las mutualidades y al sistema público–.

Los trabajadores de varios sectores cotizaron por duplicado entre 1967 y 1978 y ahora hay de devolvérselo

Los efectos de la reclamación se extienden al futuro en forma de ahorro fiscal, y el pensionista consolida un porcentaje de su pensión que ya no va a tributar en los siguientes años.

Belén Campos, socia y responsable del departamento de Recursos Humanos de Tecnisa Campos, recuerda que cuando se conoció la sentencia,  informaron a sus clientes y “se les tramitó la solicitud de rectificación de autoliquidación con devolución de ingresos indebidos aplicando, asimismo, la reducción de ingresos de hasta 25% en la autoliquidación del ejercicio 2022”.

Debido al gran volumen de solicitudes de rectificaciones presentadas desde entonces, la Agencia Tributaria ha habilitado un sencillo formulario que estará disponible en su web desde el 20 de marzo. Los afectados pueden utilizar este documento para solicitar todas las devoluciones correspondientes al período 2019-2023, si bien para 2023 el ajuste se aplicará automáticamente en la declaración en la mayoría de los casos.

Además, no tendrán que adjuntar ningún documento ni solicitar a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Instituto Nacional de la Seguridad Social o al Instituto Social de la Marina ningún tipo de certificado o informe. Tampoco necesitarán adjuntar su vida laboral.

Deducciones estatales

A pesar de las escasas novedades en la declaración del IRPF de este año, existen algunas en las deducciones estatales que van a afectar a un buen número de cántabros.

La deducción de 1.200 euros por cada hijo menor de tres años ya no está dirigida solamente a madres trabajadoras, sino a cualquier mujer, independientemente de si está trabajando o cobrando el desempleo.

Otra novedad tiene que ver con la compra de vehículos eléctricos. Aquellos contribuyentes que hayan adquirido un coche eléctrico enchufable y de pila de combustible a partir del 30 de junio de 2023 –y hasta el 31 de diciembre de 2024– podrán deducirse en el IRPF el 15% del valor de adquisición del vehículo, con un límite de 3.000 euros y siempre que su uso no esté destinado a actividades económicas.

La decisión de rebajar las retenciones a las rentas más bajas, se dejará notar ahora en sus declaraciones.

La cuantía deducible del micromecenazgo aumenta de 150 a 250 euros y la deducción general pasará del 35% al 40%. Ascenderá al 45% cuando en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad por un importe igual o superior.

Hay que tener en cuenta que los donativos a ONGs permiten deducciones de entre el 10% y el 80%, dependiendo del dinero abonado, mientras que las cuotas de afiliación a partidos políticos suponen una deducción del 20% con un máximo de 600 euros. Lo mismo ocurre con las cuotas sindicales y de colegios profesionales, aunque en este caso con un límite de 500 euros anuales.

Como hace un año, la aportación máxima al plan de pensiones individuales se mantiene en 1.500 euros, aunque existe la posibilidad de incrementarlas en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales.

Un 2024 con menos impuestos en Cantabria

Los auténticos cambios, no obstante, son los que se están generando desde enero, aunque no se reflejarán hasta la próxima declaración de la renta, ya que el año ha comenzado con una bajada histórica de todos los impuestos dependientes de la administración autonómica, una decisión del Gobierno de María José Sáenz de Buruaga (PP) para “aligerar la carga fiscal, sobre todo, de las rentas medias y bajas y, con ello, impulsar el consumo familiar y la inversión empresarial”.

La decisión es arriesgada, porque las arcas públicas autonómicas dejarán de ingresar algo más de 90 millones de euros al año, según sus cálculos, aunque el PP confía en que ese aumento de la renta disponible de los cántabros inyecte más recursos en la economía.

La reforma fiscal ya en vigor ha reducido prácticamente todos los impuestos bajo control autonómico: Patrimonio, Sucesiones y Donaciones, y Transmisiones Patrimoniales.

El gerente de BDR, Rodolfo Rodríguez, posa en su despacho.

BDR destaca que, a partir de este año, a la bonificación del 100% en el Impuesto de Sucesiones que ya existía para los ascendientes, descendientes y cónyuges, se añade una nueva del 50% para los hermanos.

“Aunque es una medida bien recibida, la tributación del Impuesto sobre Sucesiones para el grupo III (hermanos y sobrinos) sigue siendo muy elevada”, opina Belén Campos.

Otro cambio que afectarán a un buen número de cántabros será el relacionado con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP). Campos considera que “esta reducción es bien acogida, aun cuando sigue estando por encima de los tipos de otras comunidades”.


La recaudación seguirá creciendo por encima del IPC

Los Presupuestos Generales del Estado para 2024 prevén un incremento de la recaudación de 7.355 millones de euros, lo que representa un 9% más de ingresos que el año 2023. Este aumento, muy superior a la inflación, se deberá, principalmente, a la evolución del IRPF, empujado por la subida de las pensiones, por un mayor número de población ocupada y por el hecho de que siguen sin deflactarse suficientemente los tipos.

No obstante, la presión fiscal en España se mantiene por debajo de la media europea y, según las previsiones del Gobierno, en este 2024 se situará en el 38,6% del PIB.


“A partir de este año, se reduce el tipo de gravamen general de transmisiones patrimoniales onerosas del 10% al 9%, y los tipos reducidos: para la compra de viviendas habituales baja de una escala que iba del 8% al 10% a otra del 7% al 9%. También se reduce el tipo del 5% al 4% en las compras por parte de familias numerosas, personas con discapacidad y jóvenes, donde se amplía la edad de 30 a 36 años. Además, se añade el supuesto de que la vivienda se encuentre en municipio en riesgo por despoblamiento”, explica Rodolfo Rodríguez.

También han disminuido los tipos generales y reducidos del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados para adquisiciones de vivienda habitual, que pasan del 1,5% al 1%, y del 0,3% al 0,1% cuando la compra la hacen familias numerosas, personas con minusvalía física, menores de 36 años (antes era menores de 30 años) o residentes en municipio de riesgo por despoblamiento. A su vez, el gravamen para la transmisión de bienes muebles baja del 8% al 6%.

Tarifa autonómica del IRPF

Además, el Gobierno regional ha rebajado la tarifa autonómica del IRPF en todos los tramos, que pasan de siete a seis y se deflactan para adaptarse a la pérdida de poder adquisitivo por la inflación, algo que también se reflejará en el próximo ejercicio fiscal.

La consultora Belén Campos considera que “cualquier reducción de impuestos debe ser bien acogida, si bien es cierto que la aplicada en la tarifa autonómica del IRPF no supone una cuantía importante y también se necesitaría una bajada de la escala estatal”.

Con la bajada de impuestos, Cantabria dejará de ingresar 90 millones al año

El tipo mínimo para las rentas inferiores a 13.000 euros se reduce un punto, al 8,5%; equiparándose al de la Comunidad de Madrid, uno de los más bajos del país.

En el siguiente tramo, para rentas de hasta 21.000 euros, también se reduce del 12% al 11%. Quienes ingresen hasta  35.200 euros anuales verán una reducción en este tercer tramo del 0,5% (pasarán del 15% al 14,5%). En rentas de hasta 60.000 euros disminuirá del 18,5% al 18%.

También se reducen a dos los tres tramos más altos, bajando el tipo del 24,5% al 22,5% en rentas hasta los 90.000 euros y del 25,5% a un 24,5% para las superiores a esta cifra.

Belén Campos, socia y responsable del departamento de Recursos Humanos de Tecnisa Campos.

Con ello, las rentas más altas no pagarán más del 47% de IRPF una vez sumado el tramo autonómico y estatal, cuando anteriormente alcanzaban el 50%.

“Esta medida, además de simplificar la base liquidable autonómica, reduce los tipos de gravamen en un 1%, lo cual es favorable para los cántabros, dependiendo de su base liquidable”, subraya Belén Campos-.

A partir de este año, también se bonifica el 100% de la cuota en el Impuesto sobre Patrimonio, con la limitación de que el patrimonio neto no sea superior a 3,7 millones de euros y entre en el ámbito del Impuesto Temporal sobre las Grandes Fortunas.

En ese sentido, Campos señala que “los contribuyentes de Cantabria esperaban la bonificación al 100% del Impuesto de Patrimonio para el ejercicio 2023, ya que era perfectamente posible, dado que el Impuesto se devenga a 31 de diciembre”. Y lamenta que “además de demorar la aplicación de la bonificación al ejercicio 2024, se separa del criterio seguido en otras Comunidades Autónomas, como Andalucía o Madrid, ya que no será de aplicación a aquellos contribuyentes que estén sujetos al Impuesto sobre las Grandes Fortunas”.

El Gobierno de Buruaga también ha creado una deducción anual de 1.400 euros por nacimiento o adopción para los tres primeros años (compatible con la que aplica el Estado), así como otra de 200 euros por estudiantes de municipios en riesgo de despoblamiento, a cuyos habitantes también se les exime del canon del agua.

Otras nuevas deducciones relacionadas con gastos de educación son la referida a los libros de texto (que cubre el 100%) y la enseñanza de idiomas (15%, con un límite de 200 euros).

También se suprimen los topes de renta en las deducciones por arrendamiento de vivienda habitual, gastos por guardería o municipios en riesgo por despoblamiento y se amplía el límite de edad de 35 a 36 años de los beneficiarios.

El Gobierno del PP también reestablecido deducciones fiscales como la deducción de hasta 300 euros por cotización anual a la Seguridad Social de un empleado de hogar para familias con uno o más hijos y personas mayores de 75 años.

Otra novedad es la eliminación del tope de renta que existía para poder beneficiarse de varias deducciones, como la de gastos de guardería o el alquiler de vivienda, que se situaba en 30.000 euros en tributación individual y 40.000 en la conjunta. Todos estos cambios, aunque ya estén en vigor, serán realmente evidentes cuando se realice, el año que viene, la declaración correspondiente al ejercicio actual.

María Quintana

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