Cantabria abre un procedimiento ‘ágil y continuo’ para acreditar las competencias profesionales

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado hoy la resolución y la convocatoria del procedimiento «ágil y continuo» para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por vías no formales, que permitirá a quienes la superen tener un reconocimiento oficial de su experiencia laboral.

Se trata de una convocatoria importante en el caso de Cantabria donde el 38% de la población activa (270.667 trabajadores) no tiene certificada su capacitación profesional o carece de documentos oficiales que lo acrediten. En todo el país, el porcentaje es diez puntos mayor, el 48%.

En este sentido, la consejera de Educación y Formación Profesional, Marina Lombó, ha valorado hoy en rueda de prensa esta convocatoria como «muy necesaria y oportuna» en la región, que habilita un procedimiento que supone «un giro de 180 grados» respecto a la situación anterior.

Lombó ha destacado que se habilita así una vía «más ágil, cómoda, continua y permanente», con un plazo abierto «todo el tiempo», que tiene como objetivo acreditar entre este año y el próximo más de 10.000 competencias profesionales, lo que podría corresponder a una horquilla de entre 1.600 y 2.500 personas (el cálculo es de cuatro a seis competencias por trabajador), que podrían obtener el título de Formación Profesional o el certificado de profesionalidad.

Por otro lado, la consejera ha agradecido a las empresas y representantes de los trabajadores el apoyo durante todo el proceso, así como a las Direcciones Generales de Empleo y Trabajo. «Necesitamos ser capaces de que los trabajadores cántabros conozcan que esta vía está abierta y es accesible, cómoda y fácil para todos ellos», ha señalado.

En la rueda de prensa también han participado el director general de Formación Profesional y Educación Permanente, Ricardo Lombera; la directora general de CEOE-CEPYME, Isabel Cuesta; la representante de UGT en el Consejero de FP, Julio Ibáñez; y la secretaria general de la Federación de Enseñanza de CC. OO y miembro suplente del Consejo de FP, Concepción Sánchez.

Los sindicatos CCOO y UGT, que se han puesto a disposición de los trabajadores para asesorarles al respecto, han puesto en valor esta nueva vía «permanente» de acreditación para mejorar la empleabilidad, acceder a la formación continua y mantener el empleo.

En el mismo sentido se ha pronunciado CEOE-Cepyme, que ha incidido en los sectores que necesitan esta acreditación –sociosantiario, biocidas, sistema forestal y servicios del sector nuclear, entre otros– y ha expresado el «compromiso» de las empresas para facilitar el proceso.

PROCEDIMIENTO

El Procedimiento de Evaluación y Acreditación de Competencias (PEAC) pretende evaluar las competencias profesionales; acreditar oficialmente dichas competencias, favoreciendo la empleabilidad; y facilitar el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de la cualificación profesional.

Las personas que cumplan con los requisitos participarán en un procedimiento que se estructura en tres fases sucesivas: asesoramiento, evaluación y acreditación.

En primer lugar, una vez inscrita y admitida la persona candidata en el procedimiento, será asignado por el órgano instructor a un asesor o asesora que realizará un informe sobre el resultado de esta primera fase.

Posteriormente, se llevará a cabo una evaluación siguiendo una planificación en la que constarán las actividades y métodos de evaluación que serán de carácter obligatorio, así como lugares y fechas programadas para cada ejercicio.

Por último, se podrá obtener la acreditación de competencia profesional tendrá los efectos de acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título o certificado.

Las compensaciones económicas que deriven de esta convocatoria se financiarán con un importe máximo de 325.000 euros.

En la página web https://acreditacantabria.es/ está explicado el procedimiento completo.

REQUISITOS

Uno de los requisitos es poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o, de residencia y trabajo en España en vigor.

Por otro lado, está establecido tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.

Además, tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quieren acreditar.

En el caso de experiencia laboral, hay que justificar al menos 3 años con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 15 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

Mientras que, en el caso de formación, es necesario justificar al menos de 300 horas en los últimos 10 años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.

Por último, en los casos en que las unidades de competencia profesional que se van a valorar cuenten, por su naturaleza, con requisitos adicionales, poseer un documento justificativo de cumplir con dichos requisitos.

Los interesados pueden informarse sobre el procedimiento en cualquiera de los centros que imparten FP, en los centros integrados de Formación Profesional y en la red de oficinas del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN).

Será en estos centros de FP donde se realicen las pruebas para acreditar las competencias.

PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES

Las personas interesadas en participar en este procedimiento deberán presentar solicitud de inscripción desde el día siguiente de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de Cantabria, hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive.

Se trata de un procedimiento permanente, es decir, no habrá que esperar a que se habrá otra convocatoria.

Las solicitudes se presentarán a través del formulario incluido en la sede electrónica del Gobierno de Cantabria (https://sede.cantabria.es/) o por cualquiera de los medios establecidos en la convocatoria.

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