Inversiones con el ojo puesto en Hacienda

Después de todo un año cuadrando las cuentas de casa, llega diciembre y usted empieza a temer el palo de Hacienda. Sólo de pensar en la declaración de la Renta le entran escalofríos, pero su pulso con Hacienda no está perdido. Si le ha quedado algún billete en el bolsillo, aún tiene tiempo para invertirlo en productos financieros que le permitirán ahorrar y desgravar en la declaración que deberá realizar la próxima primavera. Aunque tiene que llover mucho para llegar a mayo, cuando comienza la campaña de la Renta, lo que no haya hecho antes del 31 de diciembre no le servirá para este ejercicio.
Este año, además, debemos tener en cuenta que el próximo 1 de enero entra en vigor una reforma del IRPF que cambia sustancialmente la tributación del ahorro y eso puede condicionar nuestras decisiones en estos últimos días del ejercicio si queremos ahorrarnos unos euros en los pagos a Hacienda.
Realizar aportaciones a un plan de pensiones, abrir una cuenta ahorro-vivienda o amortizar anticipadamente parte del crédito hipotecario siguen siendo fórmulas para pagar menos al Fisco, pero hay otros aspectos que no debemos olvidar.

Plan de pensiones

Por su fácil tramitación, los planes de pensiones son una de las herramientas más socorridas por quienes buscan pagar menos impuestos. Basta un dato: entre los meses de octubre y diciembre las entidades financieras registran el 62% de las nuevas contrataciones. ¿Su baza? Que el dinero que se destina a estos productos se descuenta directamente de la cantidad de ingresos que se declara a Hacienda. Como regla general, el máximo para descontarse es de 8.000 euros, aunque los mayores de 52 años pueden aumentar el importe. Estos contribuyentes pueden sumar 1.250 euros por cada año que excedan esta barrera, con el tope de 24.250 euros para los que tengan 65 años o más.
También se pueden hacer aportaciones a los planes de pensiones del cónyuge, acción que permite descuentos de hasta 2.000 euros. El único requisito, en este sentido, es que el otro miembro de la pareja tenga unos ingresos inferiores a los 8.000 euros. Si además de aportaciones personales a planes de pensiones hay dinero colocado por la empresa en la que trabaja el contribuyente, el límite anual puede multiplicarse por dos. Pero con la salvedad de que la suma de las aportaciones no puede generar una base liquidable negativa.
La recomendación es agotar en el 2006 los límites de aportación, e incluso superarlos, ya que los importes que no se reduzcan en el 2006 podrán restarse de sus rentas en los cinco años siguientes sin tener en cuenta los nuevos límites porcentuales que entrarán en vigor el 1 de enero.
Recuerde que todo lo que aporte al plan de pensiones se resta directamente de los ingresos que haya obtenido en el ejercicio, de modo que el ahorro fiscal estará entre el 15% y el 45%, dependiendo de su nivel de ingresos. Así por cada 600 euros que aporte al plan Hacienda le devolverá entre 90 y 270. Cuántos más ingresos tenga, mayor será el ahorro fiscal.

La hipoteca

Otra de las fórmulas ya clásicas para cuadrar la declaración es amortizar anticipadamente parte de la hipoteca hasta agotar los límites de la deducción. Debemos tener en cuenta que lo máximo que podemos deducir es 9.015 euros por persona y año. Por tanto, si la vivienda es de los dos cónyuges y éstos realizan declaraciones separadas, podrán aportar hasta 9.015 euros cada uno.
La reducción general por compra de vivienda es del 15% de la inversión. No obstante, en la legislación actual existen unos porcentajes incrementados del 20% y el 25% para quienes hayan recurrido a financiación ajena, es decir, para la inmensa mayoría de los que se compran una casa. Estos porcentajes incrementados desaparecen en la nueva ley del IRPF y a partir del próximo año no podrán aplicarse a las viviendas compradas desde el 19 de enero del 2006. Por tanto, si la vivienda la hemos adquirido después de esa fecha, tenga en cuenta que el único año que nos vamos a poder aplicar una deducción del 25% por los 4.507 primeros euros que paguemos por ella será este. Por tanto, agote al menos ese límite. Los que ya hubieran comprado su vivienda en ese momento, tendrán compensaciones para que en los próximos años no vean recortada la deducción.

Cuenta ahorro-vivienda

Quienes tengan entre sus proyectos de futuro a corto plazo la adquisición de un inmueble disponen de otra herramienta de gran utilidad para rebajar el pago de impuestos: abrir una cuenta ahorro vivienda o, si ya la tiene, realizar algún ingreso extraordinario en su cartilla. Con esta operación, el ahorrador se puede desgravar un 15% de los impuestos. Esta rebaja se aplica sobre un máximo de 9.015 euros.
Si en vez de una declaración conjunta se realizan dos individuales, se multiplica la deducción fiscal. A la hora de decidir si recurrir o no a esta alternativa conviene tener en cuenta que sólo es válida si piensa comprarse una vivienda habitual en menos de cuatro años. Y una vez transcurrido ese plazo, el usuario que no haya destinado el dinero de su cuenta a la adquisición de un piso deberá devolver los beneficios fiscales obtenidos. Cautela, pues, al escoger este atajo.

Cuenta empresa

Las cuentas de empresa funcionan de forma muy similar a las de ahorro vivienda. En este caso, se trata de una opción de deducción fiscal muy útil para aquéllos que tengan en mente crear una sociedad limitada. Al igual que su homónimo, este depósito dirigido a emprendedores lleva aparejada una fecha de caducidad. De este modo, sus usuarios tienen de plazo cuatro años para destinar el dinero ahorrado a suscribir participaciones de una sociedad. Hay un tope de 9.000 euros para beneficiarse de los descuentos de un 15%. Si se venden las participaciones en los dos primeros años, se perderá el derecho a deducción fiscal.

Donativos

La declaración de la renta también premia a los más solidarios. Si necesita rebajar su declaración de la renta y a su vez está interesado en colaborar con alguna organización de acción social sepa que puede matar los dos pájaros de un mismo tiro realizando de aquí a finales de año un donativo. Eso sí, antes de realizar la aportación conviene tener en cuenta una serie de consideraciones. Entre ellas, informarse de las asociaciones que gozan del amparo estatal para brindarle un descuento en su renta. Cáritas, Aldeas Infantiles, Amnistía Internacional o la Asociación Española contra el Cáncer son algunos de estos organismos.
Cada organización tiene unos márgenes de deducción distintos. Por ejemplo, las donaciones a las entidades citadas anteriormente tienen una rebaja del 25%, mientras que otras asociaciones presentan una deducción del 10%. En ambos casos, los descuentos se aplican sobre las cantidades entregadas.
Otras operaciones que pueden rebajar la factura con Hacienda son las cuotas sindicales y las que se abonan al colegio profesional (hasta un máximo de 300 euros).

Bolsa

Mover las fichas adecuadas en el parqué también puede reportarle beneficios en la recta final del año fiscal. Así, vender bienes con pérdidas –como acciones o participaciones en fondos de inversión– puede servir para compensar las ganancias generadas durante el año. Y, por tanto, pagar menos a Hacienda. Si se mantiene el saldo negativo, el ahorrador se puede desgravar el 10% de las pérdidas.
En este sentido, la antigüedad es clave. Si la ganancia tiene más de un año, solamente podrá compensarse con las pérdidas de ventas de bienes que tengan el mismo recorrido en el tiempo. Y si el beneficio tiene menos de un año, la pérdida debe cumplir el mismo plazo. En el caso de arrastrar las malas inversiones desde ejercicios anteriores, el inversor tiene cuatro años para paliarlas con las ganancias obtenidas en ese periodo. «Esta herramienta es muy útil para compensar los beneficios obtenidos y tributar menos», puntualiza este experto.

Préstamos

Todas las operaciones financieras deben llevar aparejado su documento correspondiente. En este sentido, para huir de desagradables sorpresas en la declaración de la renta hay que dejar todas las operaciones bien atadas. Ojo pues con los préstamos realizados por un familiar al que no le acompaña ningún papel firmado por las partes implicadas. Ante esta situación, el interesado se expone a una inspección de Hacienda y a una posible sanción. Para evitar estos problemas, basta con rubricar un contrato privado, exento del Impuesto de Transmisiones.

Alargar plazos

Es un sistema sencillo. Consiste en aplazar, al menos hasta el año que viene, el cobro de seguros, imposiciones a plazo fijo, stock options o cualquier otra fuente de ganancias en este ejercicio. De esta forma, se gana tiempo y se tributará por los beneficios en la Declaración de la Renta que tendrá que hacerse en mayo de 2007. Pero hay más ventajas. Cuanto más tarde se logre el dinero, más deducciones fiscales se conseguirán. En el caso de los depósitos, dos años y un día facilitan una reducción del 40%. Por ello, fiscalmente puede resultar más rentable esperar que cobrar de inmediato.
En el caso de los seguros de vida, la rentabilidad fiscal se hace muy interesante a partir de los cinco años desde que se suscribió la póliza, ya que Hacienda se olvidará del 75% de los rendimientos.

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