SODERCAN pide más de 4 años de cárcel a los dueños de Ecomasa por administración desleal y falsedad contable

La empresa pública del Gobierno, que durante un tiempo formó parte del accionariado de EWI, pide las mismas penas que la Fiscalía

SODERCAN ha solicitado cuatro años y medio de prisión para los administradores de Ecomasa World Investments (EWI), Andrés de León y Manuel Jesús Lavín, por presuntos delitos de falsedad contable y administración desleal al frente de esta sociedad, que recolocó a 88 trabajadores de Teka en la fallida fábrica de estufas del polígono de La Cerrada, en Maliaño, y recibió 18 millones de dinero público en financiación y avales, el grueso en la legislatura 2011-2015.

Asimismo, la empresa pública del Gobierno de Cantabria reclama, en concepto de responsabilidad civil, una indemnización de 3.198.515 euros que habrán de integrarse en la masa del concurso de EWI para atender las obligaciones pendientes de ésta, incluidas las referidas al Instituto Cántabro de Financias (ICAF) y SODERCAN. También una multa de 8.100 euros para cada uno.

De esta forma, el Gobierno de Cantabria solicita las mismas penas que la Fiscalía, que formuló su escrito de acusación el pasado mes de diciembre. Ahora es el turno de los extrabajadores de la fallida empresa de estufas de La Cerrada, que fueron quienes iniciaron la vía penal contra los dueños de EWI para intentar recuperar -sin conseguirlo- los tres millones de euros de sus indemnizaciones por despido de Teka.

VIA PENAL, CONCURSO Y COMISIÓN DE INVESTIGACIÓN

La querella del comité de empresa fue el origen de este procedimiento penal, en el que también está personado el ICAF y que en sus inicios corrió parejo a la comisión de investigación celebrada en el Parlamento para depurar responsabilidades políticas, y al procedimiento concursal. El Juzgado de lo Mercantil declaró en concurso voluntario a EWI en septiembre de 2015, y un mes más tarde SODERCAN interpuso denuncia ante la Fiscalía.

El Juzgado de lo Mercantil declaró culpable el concurso en abril del año pasado por retraso en la solicitud del mismo, e inhabilitó a Andrés de León y Manuel Jesús Lavín, así como al también administrador Antonio Hernández Molina, que han recurrido en apelación la sentencia y está pendiente de que la Audiencia resuelva.

«INDICIOS DETERMINANTES»

La Audiencia Provincial de Cantabria confirmó el pasado mes de junio la imputación de los dueños de Ecomasa por un presunto delito de administración desleal, de acuerdo con el auto del Juzgado de Instrucción número 5 de Santander, de septiembre de 2018, que puso fin a la instrucción, el cual archivaba las actuaciones contra ambos en lo relativo al delito de malversación de caudales públicos por el que fueron inicialmente investigados.

La Audiencia ve «razones indiciarias determinantes» de que fueron perjudiciales para la sociedad, y encuadrables en el delito de administración desleal, tres operaciones: la capitalización de un préstamo de 500.000 euros concedido por EWI a NMChile, empresa del mismo grupo; la adquisición de participaciones de Chimeneas Barcelona en compensación de una deuda que tenía pendiente de cobrar Ecomasa de Inversiones por importe de 898.515 euros; y la compensación de un crédito de 1,8 millones de euros de una deuda de Ecomasa de Inversiones II con EWI por la compraventa de la marca Sommetfire.

Para la Audiencia, además, «no es descartable» que las conductas referidas a dichas operaciones pudieran integrar otros tipos penales, como el delito de falsedad contable -por el que acusan tanto la Fiscalía como SODERCAN e ICAF- o incluso la insolvencia punible, y señala que de la documentación y los informes periciales se deduce que tales operaciones ocasionaron una «despatrimonialización» de la sociedad por la sustitución de créditos en favor de EWI por activos o participaciones «carentes de valor» o de valor «muy inferior».

CRONOLOGÍA

Los acusados constituyeron la sociedad Ecomasa World Investments (EWI) en abril de 2012, con un capital social procedente de sociedades controladas y administradas por ellos, si bien recibió financiación pública a través del Instituto Cántabro de Finanzas (ICAF).

Además de EWI, controlaban otras sociedades propias como Comercial e Industrial NM Chile o Chimeneas Barcelona, a través de las cuales recibieron financiación y préstamos de EWI que, sin embargo, «presentaba serios problemas económicos».

De hecho, en 2013 tuvo unas pérdidas de unos 2,9 millones de euros, pese a la inversión efectuada a través de SODERCAN, que en agosto de ese año entró en el accionariado de Ecomasa y en su consejo de administración, con un desembolso de 1,5 millones de euros, que representaban el 30,6%.

Tras las pérdidas del ejercicio, SODERCAN dejó de formar parte del Consejo de Administración de EWI en julio de 2014. «Tal situación fue aprovechada por los acusados, como administradores de EWI, para llevar a cabo operaciones en perjuicio de esa sociedad, y por tanto de los intereses de SODERCAN, que agravaron extraordinariamente, y aún más, su situación financiera», sostiene la empresa pública en su escrito de acusación.

SODERCAN se ciñe a las tres operaciones en las que la Audiencia ve indicios de delito y que la empresa pública «ni conoció ni autorizó». En primer lugar, la extinción de un préstamo por importe de 500.000 euros concedido por EWI a NM CHILE a cambio del 30,2% de su capital social, «maniobra» con la que Ecomasa pasaba a ser socio de la empresa en vez de acreedor, «evitando así cualquier reclamación económica pese a su patente falta de liquidez». A finales de 2015, NM CHILE entró en liquidación, sin que EWI obtuviera cantidad alguna en compensación por aquellas acciones.

En segundo lugar, la compraventa de la marca Sommetfire por importe de 1,8 millones de euros que no se abonó, sino que se usó para cancelar la deuda que Ecomasa de Inversiones II mantenía con EWI por tal importe. SODERCAN subraya que la marca debió pertenecer a EWI desde el principio, porque abonó parte de los gastos de su creación y registro y su finalidad era comercializar sus productos.

No obstante, esta marca no se registró a nombre de EWI, sino que los acusados, «al día siguiente de la adquisición de SODERCAN de la condición de socio, solicitaron el registro de esa marca a nombre de otra sociedad no participada por SODERCAN, para de esa forma evitar que ésta participase en su explotación».

La tercera operación por la que SODERCAN quiere llevar a juicio a Lavín y De León es la compensación de un crédito favorable a EWI de 898.515 euros a cargo de Ecomasa de Inversiones II a cambio de la adquisición de 243 participaciones de la sociedad Chimeneas de Barcelona, con un valor «muy inferior» a lo compensado.

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