Los autónomos alcanzan un objetivo histórico
La aprobación del Estatuto de los Trabajadores Autónomos ha saldado una deuda histórica con un colectivo que agrupa en España a más de tres millones de personas, –38.000 de ellas en Cantabria–, excluidas hasta ahora del régimen de protección que ampara al resto de los trabajadores españoles. Tras años de reivindicaciones, y apoyándose en el compromiso electoral asumido por el PSOE en 2004, las asociaciones de autónomos han conseguido una ley que regula las condiciones en que se desenvuelven estos profesionales, un colectivo disperso y con situaciones laborales muy variadas.
El nuevo Estatuto contempla también la situación de los autónomos dependientes, auténticos asalariados encubiertos, el sector más vulnerable de este colectivo, como puso de manifiesto el caso de José Couso, el cámara free lance muerto en Bagdad por las tropas norteamericanas cuando trabajaba para Tele 5, a cuya viuda le quedó una pensión mensual de sólo 240 euros.
Para evitar situaciones como ésta, la nueva ley busca una equiparación paulatina del régimen de la Seguridad Social de los autónomos con el sistema general, aunque inevitablemente supondrá también un aumento en las cotizaciones. Entre el catálogo de derechos y deberes de los autónomos que regula el Estatuto, se encuentran aspectos tan novedosos como la protección por accidente laboral, la jubilación anticipada e, incluso, la regulación de un sistema específico de protección por cese de actividad (derecho a paro). También recoge algunas viejas reivindicaciones del sector, como la contratación de familiares o la cobertura de los accidentes de trabajo in itinere.
La contratación de familiares
Una de las novedades más importantes del Estatuto es la que se refiere a la contratación de parientes. Hasta ahora, sólo se podía dar empleo a aquellos familiares de hasta segundo grado de consanguinidad que no conviviesen en el domicilio del empleador. Si los hijos querían colaborar en el negocio familiar debían darse también de alta como autónomos. Sin embargo, a partir de la entrada en vigor del Estatuto podrán contratar a sus hijos menores de 30 años –incluso si viven en el domicilio familiar–, aunque, para evitar un posible fraude, quedarán excluidos de la protección por desempleo. Los cónyuges, en cambio, deberán seguir en el régimen especial. Se persigue así evitar que un autónomo emplee a su pareja con el único objetivo de comprar una pensión, sin que realmente trabaje.
Las mejoras que afectan a las situaciones familiares de los autónomos contemplan también la interrupción de actividad por maternidad o paternidad y la percepción de las prestaciones que recoge la ley para los trabajadores por cuenta ajena, aunque tendrán que cotizar más si pretenden disfrutar de estos derechos.
Jubilación anticipada y paro
Otra de las novedades del Estatuto es el reconocimiento del derecho a la jubilación anticipada para aquellos autónomos que desarrollen actividades de naturaleza tóxica, peligrosa o penosa. También se podrán jubilar anticipadamente en sectores considerados en crisis.
Dado que la mayor parte de los trabajadores autónomos cotizan por el mínimo establecido, el acceso a la jubilación anticipada supondría que la pensión resultante estaría por debajo de la mínima. Ello obligaría al Estado a cubrir la diferencia a través de los denominados «complementos de mínimos», incrementando los costes para el sector público. Para salvar este impedimento, el derecho a la jubilación anticipada se reconoce únicamente a los trabajadores autónomos que acrediten cotizaciones suficientes para acceder a la pensión mínima establecida.
Otra de las mejoras es la inclusión en la cobertura de los accidentes de trabajo que se producen en el trayecto de casa al lugar de trabajo o a la inversa (in itinere). El Estatuto permitirá que los autónomos tengan los mismos derechos en este terreno que los asalariados, lo que exigirá también mayor cotización.
Más dificultades entraña la futura regulación del derecho al paro, un compromiso asumido en el Estatuto siempre que se garanticen los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad financiera. La regulación de este sistema tiene una especial complejidad ya que, además de autofinanciarse, requiere medidas de control para poder aplicarlo en un colectivo en el que es el mismo trabajador quien decide cuando cesa su actividad, es decir, cuando se ‘autodespide’.
Ahora, los autónomos no pagan la cuota por desempleo y, consecuentemente, tampoco disfrutan de este derecho. Para hacer viable la extensión del pago del desempleo a los autónomos, las asociaciones proponen que la cotización sea obligatoria, aunque con un tipo inferior a la que paga el asalariado.
Los autónomos dependientes
Una figura controvertida es la de autónomos que dependen de un cliente principal del que proviene el 75% o más de sus ingresos. Una vinculación que podría enmascarar una relación laboral encubierta. Estos trabajadores dispondrán, según el nuevo Estatuto, de 18 días de vacaciones al año que correrán a cargo de la empresa a la que estén vinculados. Los autónomos dependientes contarán con el derecho a la cobertura por enfermedad y por accidentes de trabajo. También se contempla que puedan percibir una indemnización cuando el empresario rescinda el contrato sin motivo justificado.
Para resolver conflictos, en lugar de la vía judicial mercantil, como venía siendo habitual, se asignan los Juzgados de lo Social que, además de más rápidos, suelen ser más receptivos a la posición de los trabajadores.
Un nuevo perfil
En sintonía con la creciente demanda de servicios, la gran mayoría de los nuevos trabajadores autónomos opera en el sector terciario: consultorías, actividades inmobiliarias, y todo tipo de servicios a empresas. Le siguen los que se ocupan en actividades industriales y, en grado casi residual, quienes realizan actividades agrícolas.
También ha cambiado el perfil de los nuevos autónomos, con una presencia destacada de la mujer y la aparición de un nuevo colectivo formado por inmigrantes, que suman ya el 15% de los autónomos.
Para todos ellos, el nuevo Estatuto supone la culminación de años de lucha por la dignificación y el reconocimiento de sus derechos como trabajadores.



