Medidas económicas complementarias adoptadas por el Gobierno para empresas y autónomos

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una serie de medidas que se suman a las ya implementadas en los últimos días por el Gobierno para paliar el efecto del Covid-19. Estas se suman al aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias y otras que movilizaron 18.225 millones la primera semana, al posterior paquete que movilizará hasta un total de 200.000 millones y a la moratoria hipotecaria, entre otras.

Con esta actuación, que recoge más de 50 medidas, como una moratoria de cuotas a autónomos y pymes, ayudas al alquiler, suspensión de desahucios durante seis meses o un subsidio de 439 euros para parados y otro para empleadas del hogar, Calviño ha asegurado que «cierra la red de seguridad para proteger a todos los ciudadanos en este tiempo excepcional construido en las últimas semanas».

El detalle de estas medidas se pude consultar en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Moratoria de las cotizaciones a la Seguridad durante seis meses sin intereses

  • Aplicable a las empresas y autónomos que así lo soliciten.
  • Afectará al pago de las cuotas correspondientes a los siguientes períodos que comprenden los meses de abril a junio de 2020 en el caso de las empresas y de mayo a julio para los autónomos, siempre que sean actividades no suspendidas por el estado de alarma.
  • Las solicitudes se tramitarán de forma individualizada para cada código de cuenta de cotización, a través del sistema RED o de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social (SEDESS) y dentro de los 10 primeros días naturales de los plazos reglamentarios de ingreso correspondientes a los períodos citados.
  • La concesión se considerará realizada con la aplicación de la moratoria en la liquidación de las cuotas.
  • No se aplica a los códigos de cuenta de cotización por los que la empresa haya obtenido exenciones de pago por los ERTE consecuencia del COVID-19

Aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social

  • Aplicable a empresas y autónomos que no tengan otro aplazamiento en vigor.
  • Afectará al pago de las deudas con plazo de ingreso entre abril y junio de 2020.
  • Se aplicará un tipo de interés del 0,5%.
  • Las solicitudes deberán realizarse durante los 10 primeros días naturales del plazo reglamentarios de ingreso.

Prestación por cese de actividad de autónomos como consecuencia del COVID-19

  • En el caso de que se haya producido suspensión de la actividad, la cotización de los días de actividad del mes de marzo no cubiertos por la prestación que no haya sido abonada dentro de plazo, no será objeto de recargo.
  • La prestación podrá solicitarse hasta el último día del mes siguiente a la finalización del estado de alarma.

Flexibilización de los contratos de suministro de electricidad y gas natural

  • Mientras dure el estado de alarma se podrán suspender temporalmente o modificar los contratos de suministro de electricidad y gas natural de las empresas y autónomos para contratar una oferta alternativa del mismo distribuidor que se adapte a su situación o reformular los términos y condiciones del suministros sin ningún tipo de penalización.
    • En el caso de que se solicite la suspensión o modificación del contrato, se podrá solicitar su reactivación o una nueva modificación en el plazo de tres meses desde que finalice el estado de alarma. Las reactivaciones y nuevas modificaciones deberá realizarse en el plazo de cinco días naturales y sin que suponga coste alguno.

Suspensión de facturas de electricidad, gas natural y productos derivados del petróleo

  • Mientras dure el estado de alarma, los autónomos y PYMEs podrán solicitar a su comercializadora o distribuidora de energía eléctrica, gas natural, gases manufacturados y gases licuados del petróleo por canalización la suspensión del pago de sus facturas de los períodos que comprendan días del estado de alarma.
  • El importe de las facturas suspendidas se regularizarán a partes iguales durante los seis meses posteriores a la finalización del estado de alarma.

Medidas de apoyo a la industrialización

  • Modificación del momento y plazo para la aprobación de garantías en las convocatorias de préstamos concedidos por la SDGIPYME.
  • Refinanciación de los préstamos concedidos por la SDGIPYME.
  • Suspensión durante un año y sin solicitud previa, del pago de las cuotas de los préstamos EMPRENDETUR

Otras medidas

  • Aplazamiento extraordinario del calendario de reembolso de préstamos concedidos por Comunidades Autónomas o Entidades Locales a empresarios y autónomos afectados por la situación provocada por el COVD-19.
  • Aplazamiento de deudas derivadas de declaraciones aduaneras.
  • Ampliación de plazos de ejecución y justificación de las subvenciones y ayudas que ya hubieran sido concedidas con anterioridad a la declaración del estado de alarma.
  • Se extiende la moratoria en el pago de hipotecas a los empresarios y profesionales que desarrollen su actividad en un inmueble de su propiedad y que padezcan especiales dificultades para afrontar dichos pagos.
  • Modificación de los requisitos para la celebración de actos y acuerdos de sociedades mercantiles y suspensión de plazos de formulación de cuentas anuales.

 

Otras medidas de carácter social y de protección a los consumidores tales como:

  • Suspensión del procedimiento de desahucio para los hogares vulnerables, prórroga de contratos de arrendamiento de vivienda habitual, moratoria de pagos de alquiler para persona en situación de vulnerabilidad y otras medidas relacionadas.
  • Extensión de la percepción del bono social en la tarifa eléctrica a trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o se haya visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19.
  • Prestación extraordinaria para empleados de hogar.
  • Disponibilidad de los planes de pensiones en caso desempleo o cese de actividad como consecuencia del COVID-19.
  • Derecho de resolución de determinados contratos suscritos por consumidores y usuarios sin penalización.
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