El título de familia numerosa en Cantabria valdrá hasta que el hijo menor tenga 26 años si sigue estudiando

El Gobierno de Cantabria ha ampliado la vigencia del título de familia numerosa hasta que el hijo menor de la misma cumpla 26 años siempre y cuando siga estudiando a esa edad.

Mientras tanto, tendrá validez y los beneficiarios no deberán solicitar la renovación de esa condición, algo que con anterioridad se hacía cada cinco años y después, y hasta la actualidad, anualmente, desde que el más pequeño cumplía 21.

Así, a partir de ahora, desde esa edad y hasta los 26, las familias numerosas cántabras solo tendrán que comunicar y acreditar que el hijo pequeño continúa estudiando, extremo que incluso podrá comprobar la propia administración si se trata de estudios públicos y se cursan en la comunidad autónoma.

El la principal novedad introducida con el decreto que regula el reconocimiento, la renovación, la modificación y la extinción de la condición de familia numerosa y de la tarjeta acreditativa en la región, que cuenta con más de 5.000 familias numerosas, y del que ha informado este miércoles la consejera del ramo, Begoña Gómez del Río.

En una rueda de prensa ha explicado que el objetivo de esta iniciativa, que no afecta a los requisitos para obtener o mantener la condición de familia numerosa, solo a las solicitudes de renovación, es evitar «trámites innecesarios y retrasos injustificados».

Se ha introducido dada la demora e incluso el «atasco» que se producía cada año, especialmente en el cuarto trimestre, cuando se pedía tal renovación antes de que expirase el plazo y coincidiendo con las matriculaciones escolares y para optar a becas y ayudas, además de otras ventajas, bonificaciones y deducciones fiscales.

Según la titular de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, el fin de esta medida es «facilitar la vida de las personas» y avanzar en la simplificación administrativa, uno de los objetivos del Ejecutivo para esta legislatura, que pretende regular también con una ley específica.

Lo que se persigue en este caso concreto es acabar con las renovaciones actuales del título de familia numerosa y que los beneficiarios no estén «pendientes y preocupados todos los años» por el plazos de tres meses que había antes del vencimiento para solicitar la renovación, ha remarcado Gómez del Río.

En su comparecencia ante los medios ha recordado otra medida relacionada con las familias numerosas: la modificación normativa para que recibieran el título también aquellas parejas que opten por inscribirse en el registro de parejas de hecho, y no únicamente cuando existiera un vínculo conyugal o matrimonio.

Se trata, como ha insistido la consejera, de «facilitar la vida a las personas» y a aquellas familias que «soportan mayores cargas económicas», y a su juicio, en este citado supuesto, «estaban en una clara situación de desventaja».

Además, a partir de ahora, junto a la ampliación de plazo de solicitud de renovación hasta que el hijo menor cumpla 26 años y siga estudiando, tampoco será necesario hacer este trámite anual en el supuesto de que la validez del título o la categoría especial dependan de la comprobación de rentas de los miembros de la unidad familiar.

Así, se concederá la tarjeta a cada miembro mayor de 12 años en la que figurará la fecha de validez de cada uno y podrá ser tanto en formato de papel como electrónico (sobre la digitalización del título de familia numerosa, la consejera ha apuntado que se están haciendo pruebas y la idea es que esté disponible a principios de 2025).

SE FACILITA EL ACCESO A VENTAJAS, AYUDAS Y BONIFICACIONES

Estas modificaciones afectarán a todas aquellas renovaciones con fecha a partir del día 1 de octubre, tanto a las solicitadas como a aquellas pendientes de resolución.

Y facilitarán el acceso de las familias numerosas a las ventajas, ayudas o bonificaciones existentes en los diferentes ámbitos administrativo, y que ha recordado la titular de la Consejería.

En el estatal pueden optar al bono social eléctrico y térmico, becas para el estudio, extinción de matrículas, ayudas al transporte, bonificaciones para la contratación de un cuidador o empleado del hogar, reducción del impuesto de matriculación de vehículos y deducciones fiscales estatales.

En la esfera autonómica, a deducciones fiscales en el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, subvenciones para el fomento de la natalidad, exención o bonificación de tasas de la administración en los organismos públicos o ayudas a vivienda.

Y en el campo local tienen otras ventajas, como bonificaciones en el transporte municipal, en las escuelas y en los cursos de los ayuntamientos, en las tasas de agua, alcantarillado y recogida de basuras, en el IBI o la bonificación fiscal del 30%.

«Seguimos trabajando y por y para las personas, para las familias, y lo que intentamos con esta nueva regulación es tener una regulación propia que le haga más fácil la tramitación y la vida», ha concluido Begoña Gómez del Río.

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