Sentencia pionera en Cantabria contra el cártel de camiones

El fabricante de camiones DAF deberá devolver a la empresa Servicios Públicos y Contratas, la cantidad de 6.965 euros, en concepto de sobrecoste, más los intereses legales desde el 13 de febrero de 2007, momento en el que la firma cántabra adquirió el vehículo.

Así lo ha determinado el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Santander, en su sentencia nº000179/2021, del 11 de mayo, tras la demanda presentada por el despacho Aesyr & Abogados, en representación de la citada empresa cántabra de transportes y construcción.

Se trata de la primera sentencia en la región sobre el llamado cártel de camiones, consistente en el pacto de precios por encima de su coste real que llevaron a cabo los fabricantes de camiones MAN, Volvo-Renault, Iveco, Mercedes-Benz (Daimler) y DAF. Hechos asumidos por la mayoría de estos fabricantes y que, en julio de 2016, les supuso una sanción de 2.930 millones de euros por parte de la Comisión Europea, por prácticas contrarias a la libre competencia.

Los transportistas cántabros afectados por el cártel son muchos más, pues similar situación se produjo entre todos aquellos que compraron camiones de estas marcas entre 1997 y 2011, periodo reconocido por los propios fabricantes ante la Comisión Europea.

De hecho, “solo desde nuestro despacho, estamos gestionado en Cantabria más de 20 demandas de este tipo, que afectan a unos 600 camiones. Y en toda España, a través de nuestra firma socia, Hispajuris, son más de 600 las reclamaciones actualmente interpuestas, con más de 15.000 camiones involucrados” explica el director de Aesyr & Abogados, Ángel Sánchez y Resina.

Indemnizaciones posibles

Esta sentencia sienta un precedente en la región, pues seguramente todas las demandas serán estimadas y las empresas que formaron parte del citado cártel de camiones tendrán que hacer frente a una devolución promedia del 10%, más los intereses legales desde la fecha de adquisición.

En este caso concreto, así ha sido, pues el coste del camión fue de 69.650 euros, más los intereses legales desde el 13 de febrero de 2007, momento en el que la firma cántabra adquirió el vehículo.

Sin embargo, en otras sentencias estimatorias obtenidas hasta el momento, se han reconocido indemnizaciones de entre el 5% y el 15% del precio de compra, según el Juzgado Mercantil de que se trate. De hecho, “nuestro socio nacional Hispajuris obtuvo en 2020, la condena de mayor porcentaje de indemnización en España hasta la fecha, logrando que el Juzgado de lo Mercantil de Toledo condenara al fabricante Iveco a la devolución del 25,17%, más intereses”, añade Sánchez y Resina.

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