Luxemburgo vuelve a condenar a España por hechos ocurridos en Cantabria

Bruselas se hartó de reclamar a España la recuperación de las ayudas ilegales concedidas desde 1985 a las empresas del grupo Magefesa y finalmente el Tribunal de Justicia de la UE (Tribunal de Luxemburgo) ha sentenciado que nuestro país no ha cumplido las exigencias de la Comisión Europea por lo que ahora tendrá que recuperar los importes.
La Comisión denunció a España ante el Tribunal en octubre de 1999 por no cumplir dos decisiones suyas de 1989 y 1998 en las que se le obligaba a recuperar las subvenciones consideradas ilegales. La Corte considera probado que España no hizo frente a sus obligaciones respecto a la primera decisión, y sólo en parte respecto a la segunda.
El caso se remonta a 1985, cuando el grupo Magefesa, al borde de la quiebra, logró ayudas por parte del Gobierno central y de las administraciones autonómicas donde estaban ubicadas sus empresas: Indosa, con domicilio social en el País Vasco; Cunosa y Gursa (Cantabria) y Migsa (Andalucía). Para ello, se crearon sociedades de gestión de las ayudas que evitaban que fuesen a parar directamente a manos de los acreedores. Pero ni siquiera esa solución claramente irregular sirvió para garantizar la continuidad de las compañías del grupo, porque también las empresas pantalla acabaron abocadas a una situación de quiebra.

Quince años de conflicto

En 1987 varios fabricantes de menaje presentaron una denuncia ante la Comisión Europea sobre las ayudas que el Estado y las comunidades autónomas habían facilitado a empresas del grupo Magefesa, al estimar que vulneraban la libre competencia y estaban sosteniendo artificialmente a este grupo de empresas fundado por el cántabro Víctor Picó y repartidas por el País Vasco, Cantabria y Andalucía.
El 5 de marzo de 1990 la Comisión dio la razón a los denunciantes y declaró ilegales unos avales por valor de 1.580 millones de pesetas, un préstamo de 2.085 millones de pesetas (ambos concedidos en condiciones distintas a las de mercado) y unas ayudas a fondo perdido por valor de 1.095 millones de pesetas. Se exigía a España que recuperase las ayudas y reconvirtiese créditos y avales a condiciones de mercado.
Siete empresas presentaron una nueva denuncia ante la Comisión en 1997, en las que acusaban a Magefesa y al Estado Español de no haber aplicado las resoluciones de 1990 y haber incurrido en nuevas ayudas fiscales a las empresas del grupo.
Un año más tarde, la Comisión volvía a dar la razón a los denunciantes y declaraba ilegales las nuevas ayudas públicas que habían recibido la andaluza Migsa y la vasca Indosa a través de impagos a la Seguridad Social y Hacienda.
España vuelve a mostrarse poco diligente al respecto y en 1999 es conminada por la Comisión a recuperar estas cantidades en el plazo de dos meses a pesar de que la propia Comisión reconoce que tanto Migsa como Indosa llevan varios años en quiebra.
El Reino de España hace algunas gestiones para el cobro de estas cantidades, pero dan el resultado negativo previsible. La Comisión, no obstante, considera que el país no ha puesto suficiente empeño en recuperar el dinero y continúa sus acciones contra España en los tribunales.

Cantabria, sin explicaciones

Ahora, la Comisión ha conseguido probar ante el Tribunal de Luxemburgo que España no respetó en su totalidad las exigencias del año 1990, dado que el Fogasa sólo reclamó una parte de las cantidades que Bruselas exigía y el Gobierno Vasco se dirigió a la sociedad instrumental Ficodesa, en lugar de reclamar directamente contra la empresa Indosa, que era la beneficiaria última de las ayudas. El Gobierno de Cantabria ni siquiera hizo ese esfuerzo. Se limitó, según la sentencia, a enviar una carta en 1991 asegurando que tenía intención de respetar la decisión, pero tardó tres años en enviar la segunda para explicar qué había hecho para ponerla en práctica y en realidad no explicó nada. Simplemente anunciaba la interrupción de cualquier nueva ayuda a empresas del grupo Magefesa.
De Cantabria no se volvió a saber nada hasta que en 1997 el Gobierno español manifestó a Bruselas que desde finales de 1994 nuestra comunidad había suspendido los avales sobre estas compañías, pero en esa notificación no se mencionaba nada sobre lo ocurrido con las ayudas a fondo perdido, ni los intentos por recuperarlas.
El Gobierno andaluz fue el único en responder en plazo. Exigió de inmediato la devolución del dinero a Manufacturas Damma (una empresa instrumental creada para que Migsa pudiera operar) y dado que esta compañía estaba ya en quiebra, incluyó estos créditos en los pasivos de la compañía. Pero tanta disposición era truculenta porque en realidad en Damma no había patrimonio alguno que ejecutar, y la Comisión se ha sentido engañada al entender que la devolución debía habérsele exigido a la propia Migsa, auténtica beneficiaria de las ayudas.
A la vista de que el Gobierno español contestó a Bruselas que era imposible recuperar las cantidades con que se habían subvencionado a las empresas del grupo, todas ellas en crisis o en liquidación, la sentencia se plantea si era posible haber tomado medidas más eficaces. El tribunal entiende que si las empresas han desaparecido ya no suponen una competencia desleal para sus competidores, pero sigue insistiendo en que España no obró lealmente con sus socios, comunicando con presteza sus dificultades para recuperar este dinero, sino que dilató sus acciones y durante al menos cinco años (de 1990 a 1995) las empresas denunciadas siguieron funcionando y, en algunos casos, recibiendo nuevas ayudas. En opinión del tribunal, en lugar de limitarse a comunicar a las autonomías afectadas la decisión y que estas hiciesen una simple petición formal de retorno de las ayudas a las empresas instrumentales que habían constituido, a sabiendas de que no podrían hacerlo, el Giobierno de la nación debería haber instado la liquidación judicial de las empresas del grupo Magefesa, para recuperar el dinero que fuera posible.

Las ayudas de la segunda época

El tribunal entra a valorar también el cumplimiento de la resolución de 1999, a propósito de las ayudas que las empresas creadas a raíz de la quiebra del grupo han podido recibir. En concreto, son algunas cantidades que Cunosa no pagó a la Seguridad Social antes de su declaración de quiebra, que Gursa y Migsa dejaron de abonar hasta la interrupción de actividades e Indosa hasta mayo de 1997. España ya había recurrido esta reclamación ante el Tribunal de Luxemburgo que le dio parcialmente la razón.
En concreto, el Estado español ha sustentado que únicamente pudo recuperar activos de Gursa, aunque el tribunal dice que es un hecho que ni Hacienda ni la Tesorería General de la Seguridad Social promovieron, como hubiesen podido, la liquidación de Gursa y Migsa, por lo que entiende que el Gobierno español no ha demostrado que no hubiesen otros bienes ejecutables. En el caso de Cunosa, que ya se encontraba en liquidación, aparentemente el Tribunal de Luxemburgo debía darse por satisfecho, pero sostiene que no se ha acreditado que las autoridades públicas españolas hicieran acción alguna para tratar de recuperar el dinero y es muy crítico con la actitud de recurrir a posteriori la liquidación de Cunosa al entender que la Seguridad Social no puso interés en reclamar deudas concurrentes con las de los asalariados.
En resumen, una larga historia que acaba donde comenzó: en la exigencia de recuperar unas ayudas públicas que al día de hoy son absolutamente irrecuperables.

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