El seguro decenal mejora la imagen del sector inmobiliario

Con el seguro decenal, el comprador de la vivienda tiene garantizados durante los diez años siguientes a la finalización de la obra la reparación de los daños materiales causados en el edificio por defectos en los elementos estructurales. Este concepto engloba todos aquellos que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga y otros elementos estructurales que comprometan directamente la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio.

Controles independientes

El promotor está obligado a asegurar su responsabilidad ante el cliente y la aseguradora que contrata, al asumir el riesgo, es mucho más exigente de lo que sería el comprador particular, de forma que todo el proceso de ejecución de la obra es controlado por entidades técnicas independientes que, a su vez, también asumen la responsabilidad. Por eso, estos técnicos deben estar homologados para las tareas de inspección y control.
Estos organismos son los encargados de revisar el proyecto, realizar un informe geotécnico, visitar las obras y comprobar que la calidad de lo que se construye se ajusta a lo pactado con la aseguradora para formalizar el contrato.
Aunque el periodo de cobertura se extiende a los diez años siguientes a la finalización de la obra, el seguro debe contratarse antes de comenzar a ejecutarla. La directora de Segurcantabria, Silvia Rodríguez de la Fuente reconoce que “al principio había un desconocimiento muy grande sobre este seguro y muchos promotores entendían que había que formalizarlo cuando terminaba la obra, pero no es así, porque muchos de los que intervienen en este proceso, como los organismos de control o las empresas de geotecnia, deben ser contratadas antes”.
Con los primeros informes, la aseguradora realiza un estudio de la operación para determinar su viabilidad. En ese momento emite ya una prepóliza que completa cuando concluye la ejecución de la obra.
Aunque el coste del seguro depende de factores como el tamaño de las promociones o el valor de ejecución de la obra, su repercusión en el precio final de la vivienda se estima que puede suponer un encarecimiento cercano al 1%.
El hecho de que se añadiese un coste más a un producto de por sí tan caro como la vivienda preocupó inicialmente a los promotores. Sin embargo, los resultados parecen satisfactorios para los clientes y para las propias promotoras, por la garantía de que no será preciso pleitear con el promotor para lograr una indemnización y porque ya parece evidente que la normativa ha producido una sensible mejora en la calidad constructiva. No hay que olvidar que la vivienda ha sido, tradicionalmente, la compra que daba lugar a más reclamaciones entre los españoles y una fuente permanente de litigiosidad.

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