El Gobierno quiere quitarle al Banco de España su examen del Fondo de Garantía de Depósitos

Propone en el Congreso que sea el propio FGD el que controle la capacidad de la banca para aportar al esquema de garantía

El Gobierno quiere que el Banco de España deje de realizar las pruebas de resistencia al Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) y que sea el propio fondo el que someta a examen a las entidades de crédito.

Así consta en una de las enmiendas registradas por los grupos del Gobierno, el PSOE y Unidas Podemos, al proyecto de ley de trasposición de directivas europeas en materia de entidades de crédito, a las que ha tenido acceso Europa Press.

Convalidado el pasado mes de mayo y en vigor desde que lo aprobó el Consejo de Ministros, el decreto se quedó en el Congreso para su tramitación como proyecto de ley y ahora el Gobierno ha aprovechado para proponer cambios e introducir varias enmiendas a la normativa del Fondo de Garantía de Depósitos de entidades de crédito, un organismo creado en octubre de 2011, con personalidad jurídica propia y sede en Madrid, que actualmente dirige el economista José Luis Ballesteros.

En lo relativo a las pruebas de resistencia, los partidos del Gobierno plantean que sea el Fondo el que someta al compartimento de garantía de depósitos a estas pruebas de resistencia y le habilita para ello a solicitar la información y cooperación de las entidades que estime necesaria.

Esta labor está actualmente atribuida al Banco de España, pero en la motivación de la enmienda PSOE y Unidas Podemos justifican este cambio en la medida en que es este Fondo la autoridad designada a efectos de la directiva europea relativa a los sistemas de garantía de depósitos y las directrices de la Autoridad Bancaria Europea.

AMPLÍA A 6 MESES LA PROTECCIÓN DE DEPÓSITOS TRANSITORIAMENTE ELEVADOS

Este fondo, financiado con aportaciones de los bancos, cajas de ahorros y cooperativas de crédito, tiene como objetivo cubrir las pérdidas de los depositantes en caso de alguna entidad financiera, hasta 100.000 euros por cada titular y cada entidad, por regla general.

Y es por regla general, ya que hay ciertos depósitos con saldos transitoriamente elevados que, hasta ahora, gozaban de cobertura ilimitada durante un tiempo concreto, fijado hasta ahora en tres meses.

Concretamente, son aquellos procedentes de transacciones con bienes inmuebles de naturaleza residencial y carácter privado; de pagos ligados al matrimonio, el divorcio, la jubilación, el despido, la invalidez o el fallecimiento, y pagos de seguros o indemnizaciones por perjuicios consecuencia de un delito o error judicial.

Ahora, la propuesta de los grupos del Gobierno es extender de tres a seis meses la cobertura especial de estos depósitos, pero ponerle un límite a la misma, de 500.000 euros, para aquellos casos de transacciones de vivienda y para todos los casos en los que el titular de la cuenta sea una empresa.

LAS DERRAMAS SE SOPORTARÁN COMO LAS APORTACIONES ORDINARIAS

Otras de las modificaciones planteadas por los socios del Ejecutivo es que el cálculo de las aportaciones necesarias para realizar una derrama en el fondo se equipare al de las aportaciones ordinarias, teniendo en cuenta así el perfil de riesgo de las entidades.

Asimismo, también se plantean precisiones en la normativa con el fin de asegurar que toda adopción de medidas preventivas y de saneamiento deban ser aprobadas por una mayoría cualificada de dos tercios.

Por otro lado, también se elimina el límite temporal que dejaba en vigor en 2024 la obligación de exigir cuotas a los contribuyentes al fondo vinculadas a la recuperación de un nivel suficiente de los fondos. El objetivo patrimonial de este fondo por ley es del 80% del importe de los depósitos garantizados y, en caso de caer a menos de un 53% de los mismos, deberá fijarse una cuota de aportaciones dirigida a recuperar el objetivo legal en un máximo de seis años.

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Source: Europapress

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