La asociación de viviendas turísticas de Cantabria recurrirá la inadmisión de cautelares sobre el nuevo decreto

La Asociación de Viviendas de Uso Turístico de Cantabria (AVUTCAN) presentará un recurso de reposición ante la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) de inadmitir las medidas cauterales que solicitó contra el decreto que regula estos alojamientos, ya que entiende que se ha adoptado con «escasa motivación», «sin entrar a valorar cuestiones jurídicas clave».
La asociación ha mostrado su respeto hacia el reciente auto de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, pero solicitará una justificación motivada de la negación de las cautelares dado el «daño al interés social, económico y territorial» que a su juicio genera el decreto elaborado por el Gobierno de Cantabria.
En el auto notificado este jueves, el TSJC sostiene que la petición de suspender el decreto es «extemporánea» ya que AVUTCAN debería haberla solicitado cuando presentó el escrito de interposición del recurso en septiembre. Sin embargo, la asociación argumenta que tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional han reconocido supuestos en los que cabe plantearlas con posterioridad.
En concreto, explica que se da la posibilidad cuando es necesario consultar el expediente administrativo para ejercer adecuadamente el derecho de defensa o cuando la documentación imprescindible para justificar la medida no está disponible al inicio del proceso, «precisamente el contexto en el que se adoptó la estrategia jurídica de AVUTCAN».
En este sentido, indica que, cuando interpuso el recurso, todavía no contaba con el expediente administrativo, y «solo al acceder» a él pudo comprobar asuntos como «la ausencia de memoria económica, administrativa y presupuestaria que justificara el impacto del decreto», e información que «resultaba esencial para fundamentar con rigor la solicitud de medidas cautelares».
Es por ello que AVUTCAN lamenta que la resolución dictada por la Sala del TSJC «no se pronuncia sobre si el momento elegido para solicitar las medidas era o no procesalmente adecuado, no analiza la relevancia del expediente administrativo para preparar la defensa» y se apoya en un auto del Tribunal Supremo cuyo supuesto es «distinto».
«Esperábamos, al menos, una resolución más desarrollada en la que se valorara por qué las cautelares se presentaron en ese momento concreto, teniendo en cuenta la necesidad de acceder al expediente y la jurisprudencia existente», expone en un comunicado.
Finalmente, subraya que la decisión sobre las medidas cautelares no resuelve el fondo del recurso, y por tanto quedan pendientes de análisis cuestiones «de máximo calado jurídico y social», como la retroactividad del decreto, La ausencia de memoria económica y de impacto administrativo, la proporcionalidad de las nuevas exigencia, la posible invasión de competencias en materia urbanística o la afectación a derechos ya consolidados de «miles» de titulares de viviendas de uso turístico.



