Solo la mitad de viviendas turísticas de Cantabria ha solicitado el registro único del alquiler
Este identificador es obligatorio desde hoy para ejercer y anunciarse en plataformas de alojamiento vacacional
Desde hoy, martes 1 de julio, todas las viviendas turísticas deberán contar con el registro único de arrendamientos de alquileres turísticos y de temporada, fruto del Real Decreto 1312/2024 por el que se crea la ventanilla única digital. En Cantabria, hasta la fecha, solo la mitad de este tipo de viviendas lo han solicitado.
Actualmente, Cantabria cuenta con unas 8.000 viviendas de uso turístico anunciadas en plataformas de alquiler digital, según datos del INE consultados por Cantabria Económica. Con la actual obligatoriedad , vigente desde hoy, de registrar este tipo de viviendas mediante la Ventanilla Única Digital, todas las viviendas de uso turístico deberán solicitarlo si quieren ejercer de forma legal y anunciarse en las redes sociales o los portales de alquiler vacacional. Aunque las inscripciones podrán seguir realizándose, hasta la fecha, se han registrado o lo han solicitado algo menos de 4.000 de estas viviendas en la región, aproximadamente la mitad. El resto, legalmente, no podrán seguir anunciándose ni los portales especializados podrán seguir admitiéndolas.
Esta medida pretende regularizar un mercado, hasta ahora, mayoritariamente sumergido. Este registro, de carácter nacional, exige el cumplimiento de ciertos requisitos, como aportar la documentación que acredite que la vivienda ha recibido el permiso para ejercer como alojamiento vacacional en la comunidad autónoma en la que se ubica -pues son estas quienes poseen estas competencias-, con la singularidad de que cada región ha dispuesto unas condiciones propias para conceder o no estas licencias.
La solicitud del número de registro, que se realiza en el Colegio de Registradores, deberá ir acompañada de otra documentación, aparte de la licencia regional, como la referencia catastral y la dirección exacta del alojamiento, el modelo de alquiler -vivienda completa o por habitaciones- y el número de personas que podrán hacer uso de la vivienda.
Hace pocos meses otra medida de carácter nacional dejaba en manos de las comunidades de vecinos la decisión de permitir o no los pisos turísticos en los edificios.
Ante esta serie de medidas que reparten las responsabilidades entre distintas administraciones -nacional, regional y municipal-, entidades como las asociaciones de pisos vacacionales legales o profesionales que los gestionan, denuncian el sector, asume una carga administrativa cada vez mayor, y puede ser disuasoria de regularizar, porque no impide que aquellos que alquilan de forma irregular encuentren vías alternativas para seguir haciéndolo.
Sin embargo, esta normativa no aplica solo en España, pues es consecuencia del Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, que es directamente aplicable en los Estados Miembros, estableciendo un sistema de regulación de los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración. Con esta medida, la Unión Europea, y ahora el Gobierno de España, pretenden abordar el «complejo escenario» derivado de la situación de la vivienda a través de mecanismos que «frenen los casos de fraude» y consoliden un mercado «transparente».
Será en los próximos meses cuando se puedan medir las consecuencias y el impacto real de la normativa, a la espera de conocer cuántas viviendas de uso turístico se regularizan -aún quedan, por lo menos, unas 4.000 en por hacerlo en Cantabria- y cuántas denuncias se formalizan sobre las que no tengan el registro, y se sigan anunciando o sean notablemente visibles para los vecinos.
Consulta el reportaje sobre viviendas turísticas de Cantabria Económica:
‘El 97% de los pisos turísticos de la región son de propietarios individuales’