Jubilación de camioneros y chóferes: Requisitos reales y letra pequeña

La jubilación para coductores profesionales vuelve a situarse en el centro del debate laboral y social en España. Camioneros, chóferes de autobús, taxistas y otros profesionales del transporte llevan años reclamando un reconocimiento específico del desgaste físico y mental que implica su trabajo. En 2025 se produjo un avance normativo relevante, aunque la jubilación anticipada específica para este colectivo aún no ha empezado a aplicarse. Se espera que suceda a lo largo de este año.
Nuevo procedimiento para adelantar la jubilación para conductores profesionales
El principal cambio llegar con el Real Decreto 402/2025, de 27 de mayo, que regula, por primera vez, qué profesiones pueden aplicar coeficientes reductores para anticipar la edad de jubilación, siempre y cuando se trate de actividades excepcionalmente penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres, y siempre que acrediten índices elevados de morbilidad o mortalidad.
Este real decreto no concede directamente la jubilación anticipada a los conductores profesionales, pero sí supone una vía administrativa para que dichos sectores la puedan solicitar y justificar.
La Orden PJC/1146/2025, de 13 de octubre, crea la Comisión de Evaluación, un órgano tripartito (Administración, sindicatos y organizaciones empresariales) encargado de analizar cada solicitud y determinar qué sectores y actividades cumplen los requisitos para anticipar la edad de jubilación mediante coeficientes reductores.
Qué no ha cambiado: la norma general sigue vigente
Mientras no se apruebe un reconocimiento específico, la jubilación para conductores profesionales sigue rigiéndose por las normas generales de la Seguridad Social, como cualquier otro trabajador.
Requisitos para poder acceder a la jubilación anticipada
El Real Decreto 402/2025 contempla que los camioneros y chóferes puedan jubilarse a los 62 años. Sin embargo, la edad exacta depende de factores como el número de años cotizados y el tiempo exacto trabajando en el sector. Los requisitos para que transportistas y conductores puedan acceder a la jubilación anticipada son:
- Haber trabajado como mínimo 10 años en este sector.
- Para la jubilación anticipada voluntaria, podrán acceder a partir de los 63 años si cuentan con 38 años y 3 meses cotizados.
- Para la jubilación anticipada involuntaria, podrán acceder desde los 61 años con un mínimo de 36 a 38,2 años cotizados siempre y cuando sea a causa de un despido o problemas de salud.
En aquellos casos donde la actividad sea considerada de especial peligrosidad, se podrá acceder a la jubilación incluso antes de los 61 años. Como hemos comentado anteriormente, aunque el citado Real Decreto está en vigor, su aplicación práctica se espera que se haga efectiva a lo largo de 2026.



