Un policía local de Santander procesado por acceder a los datos de una mujer víctima de violencia

El agente carecía de autorización y "maniobró" para intentar rebajar el nivel de riesgo de VioGén a la mujer

Un juez ha procesado, por un presunto delito contra la intimidad, a un policía local de Santander que accedió «repetidamente» a los datos de una víctima de violencia de género registrados en el Sistema VioGén «sin estar autorizado» ni tener encomendada la protección de esta mujer.

Además, según se explica en el auto de procesamiento, del Juzgado de Instrucción Número 4 de Santander y al que ha tenido acceso Europa Press, el agente «maniobró» para intentar rebajar el nivel de riesgo que dicho había arrojado para esa víctima, que era ‘medio’, al considerar que era «exagerado».

El efectivo procesado estaba destinado a la Oficina de Protección de Víctima (Oprovic). Y según ha podido saber esta agencia, fue en su día detenido por un presunto delito de revelación de secretos por informar al cabecilla de la trama de un grupo dedicado al tráfico de cocaína en Cantabria.

Precisamente, este traficante es el supuesto agresor de la mujer sobre la que el policía local consultó los datos del Sistema Viogén y, a su vez, arrendador del agente procesado.

Ese hombre había, a su vez, denunciado a la mujer y gozaba del estatuto de «víctima protegida» y su protección había sido asignada al policía local.

En el auto, el juez instructor tilda de «extraños» los protocolos de la Oprovic que hacen que «un investigado por violencia de género goce de protección por el mero hecho de presentar una denuncia contra su víctima en la comisaría de la Local de Santander».

Según explica la resolución, este policía, «abusando» de su condición de funcionario con acceso al Sistema VioGén, consultó entre agosto y noviembre de 2023, repetidamente –en torno a una decena de ocasiones– datos de la víctima relativos a su nivel de riesgo (medio) y contactó con el agente de la Policía Nacional que tenía encomendada la protección de esta mujer para que se «reevaluara» este riesgo y pasara a considerarse «bajo», algo que ocurrió aunque -dice el auto- por «propia iniciativa» del efectivo competente.

DESESTIMACIÓN DE LOS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA

La representación del policía local solicitó el archivo de la causa al considerar que «no consta que se haya producido la divulgación a terceros «de ningún dato» de la víctima contenido en la base de datos VioGén.

Para ello, apuntó que el acceso «no es indebido» y «no es delito», alegaciones que no han sido admitidas por el juez, rechazando éste la solicitud de esta parte de archivo de la causa.

Así, dispone en el auto la continuación de la tramitación de las mismas por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos investigados en relación a este agente fueran constitutivos de un presunto delito contra la intimidad, por el que podría ser condenado hasta cinco años de cárcel e inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años.

También en el auto, de 20 de mayo de 2025, pedía que se diera traslado de estas diligencias previas al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que solicitasen la apertura del juicio oral y formulasen sus escritos o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias que considerasen imprescindibles para formular la acusación.

«PARA NADA»

Respecto a las alegaciones de la defensa, el juez apunta que el acceso al fichero «no es delito» pero a los datos contenidos en esté «sí» y señala que el investigado no tenía que acceder a los datos de la víctima almacenados en VioGén «para nada porque la protección estaba confiada a otro cuerpo policial», rechazando las explicaciones del investigado, que indicaban que accedía al sistema para comprobar si había órdenes de alejamiento o medidas vigentes.

Además, añade que «maniobrar para intentar bajar el nivel de riesgo de una víctima a la que el funcionario policial no estaba protegiendo, porque la lleva otro Cuerpo policial, tras acceder repetidamente al sistema VioGén en pos de este dato, debe considerarase que colma las exigencias del tipo penal, al menos a priori, pues se accede a un dato protegido con la finalidad de perjudicar a su titular sin estar autorizado para ello».

DECLARACIONES DE LA ALCALDESA

Cuestionada esta mañana por este asunto, la alcaldesa de Santander, Gema Igual, ha señalado que ha tenido conocimiento de ello por los medios de comunicación.

«Me he interesado por ello, pero no tengo más conocimeinto del que he leído. La prudencia y la responsabilidad hacen que primero me informe para conocer lo que ha pasado», ha respondido al ser cuestionada si el Ayuntamiento tenía pensado tomar alguna medida.

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