Qué se puede hacer y qué no con el nuevo confinamiento

Solo se puede pasar los límites municipales para trabajar, acudir a centros sanitarios o educativos y hacer trámites

El confinamiento de todos los municipios de Cantabria anunciado este miércoles, ha entrado ya en vigor con la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad, del correspondiente decreto firmado por el presidente regional, Miguel Ángel Revilla. La medida, acordada por el Gobierno autonómico para intentar frenar el aumento de contagios por Covid, se mantendrá hasta las 00.00 horas del próximo 18 de noviembre, fecha en la que finalizará también el cierre perimetral de la región.

El confinamiento de municipios se ha decidido tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria que anula la resolución del Gobierno para modificar el calendario escolar y suspender la semana de vacaciones prevista del 2 al 6 de noviembre, que argumentaba que los colegios son el lugar «más seguro».

El movimiento de un municipio a otro solo se podrá hacer por causas de fuerza mayor o justificadas, exactamente igual que el movimiento a otra comunidad. Por ejemplo, el acudir a centros sanitarios, a cuidar de personas dependientes, al trabajo o centros de estudios -colegios o universidades-, volver al lugar de residencia habitual o renovar permisos y trámites, entre otras.

Al este decreto del confinamiento municipal se sumará la publicación de otras decisiones relacionadas con de reducción de aforos y movilidad, por las que se aplica en Cantabria el nivel 3 de alerta del protocolo para el control de la transmisión de COVID-19. Entre ellas se prevé el cierre al público del interior de los bares y restaurantes -se podrá permanecer en las terrazas-, o limitar reuniones a un máximo de 6 personas en caso de no pertenecer al mismo grupo de convivencia. También se suprime la actividad en centros de ocio y ludotecas, así como las visitas en residencias de estudiantes.

Asimismo, se reducirá el aforo en ceremonias nupciales, velatorios, lugares de culto, alojamientos, locales al aire libre, museos teatros, instalaciones culturales o comercios minoristas, en este último caso a un tercio.

Las instalaciones deportivas se podrán utilizar en grupos de máximo seis personas, y en las piscinas y playas para uso deportivo se podrá realizar actividad en grupos de hasta 30 personas.


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