Las muchas veces que Europa tuvo que corregir a la justicia española frente a los abusos bancarios

Jorge Tomillo reivindica el papel de la UE que ha reconocido hasta ahora el cobro ilegal de 70.000 millones en cláusulas abusivas

De izquierda a derecha, Ángel Agudo, portavoz de la Plataforma para la Defensa de Europa, Jorge Tomillo y Alberto Ibáñez, director de Cantabria Económica

La Unión Europea ha echado abajo cláusulas abusivas del sistema finaciero español por valor de 70.000 millones de euros, aunque buena parte de esa cuantía los clientes nunca la llegarán a recuperar, según el catedrático de Derecho Mercantil de la Universidad de Cantabria Jorge Tomillo, que protagonizó una conferencia organizada por la Plataforma para la Defensa de Europa, con la colaboración de Cantabria Económica. En ella repasó las numerosas correcciones que han tenido que hacer las instituciones europeas a los tribunales españoles para la protección de los clientes bancarios.

En el acto de la Plataforma para la Defensa de Europa, que coordina en Cantabria el ex consejero de Economía Ángel Agudo, Jorge Tomillo repasó más de treinta años de litigios relacionados con hipotecas, cláusulas suelo, comisiones bancarias, gastos hipotecarios e IRPH con una visión muy crítica sobre la actitud mantenida por el Tribunal Supremo (TS) español ante las demandas surgidas en cada uno de estos casos. Sin las reiteradas intervenciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), millones de consumidores españoles habrían quedado indefensos ante prácticas abusivas, como consecuencia de las interpretaciones de la normativa del Tribunal Supremo, muy condescendientes con la banca, que han tenido que ser corregidas desde Luxemburgo en numerosas ocasiones.

Tomillo situó el origen del problema en la generalización de los préstamos hipotecarios a interés variable durante las décadas pasadas. El mecanismo parecía sencillo: el cliente contrataba un préstamo cuyo interés evolucionaba en función del euribor más un diferencial fijado por la entidad financiera.

Una relación muy desigual

Muchos de esos contratos incorporaban cláusulas suelo abusivas que impidieron a los consumidores beneficiarse de las bajadas de los tipos de interés. Aparentemente protegían a las dos partes, porque el banco también renunciaba a elevar los tipos por encima de un determinado nivel, pero en la práctica esa fórmula (un tipo inferior medio del 4,2% y un tipo superior del 10%) solo protegió a los bancos, porque cuando la diseñaron eran perfectamente conscientes de que el escenario de los tipos era claramente decreciente y que la horquilla estaba muy desplazada a su favor. Tanto que el ‘suelo’ acabó siendo el cielo.

Con tipos del euríbor cercanos a cero o incluso negativos, los clientes estuvieron pagando el 4%, el 4,5% o el 5% como si fuese un tipo fijo, lo que generó unos cuantiosísimos beneficios a los bancos “a costa del sufrimiento de muchísimas familias que se quedaron sin el poco ahorro que habían acumulado en años de trabajo o no pudieron pagar su casa y la perdieron, abocándose a la exclusión social”, lamentó Tomillo.

El profesor sostuvo que los consumidores no recibieron información suficiente para comprender las consecuencias económicas reales de esas condiciones contractuales y acabaron aceptado: “un tipo que en la práctica era fijo, abusivo, desproporcionado y que causaba un desequilibrio importante de las obligaciones de las partes en el contrato”.

Recordó la sentencia de 2016 por la que el Tribunal de Justicia Europeo obligó a devolver íntegramente las cantidades cobradas por aplicación de cláusulas suelo declaradas nulas y cómo el Tribunal Supremo había limitado inicialmente la devolución a las cantidades cobradas después de mayo de 2013, argumentando los riesgos económicos que una restitución completa podría ocasionarle al sistema financiero. Luxemburgo rechazó esa interpretación y estableció que la nulidad de una cláusula abusiva no tiene otra interpretación posible que restituir todos los efectos causados.

Luxemburgo frente al Supremo

Tomillo repasó los principales enfrentamientos entre el Tribunal Supremo español y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, una relación marcada por continuas rectificaciones procedentes de Luxemburgo, tanto al interpretar la retroactividad de las cláusulas suelo, como las comisiones de apertura, las acciones colectivas y los plazos de prescripción para reclamar cantidades indebidamente cobradas que el Supremo español interpretó indefectiblemente en favor del sector bancario. Una de las resoluciones más llamativas ha sido imponer las costas procesales a los clientes que ganan pleitos a las entidades financieras, en contra de la lógica, que parece conducir inevitablemente a que pague quien pierde. Estrategia de desgaste Tampoco se libró de sus críticas la «estrategia del desgaste» aplicada por numerosas entidades financieras, que han optado por prolongar los litigios durante años, aun siendo conscientes de que las probabilidades de éxito eran mínimas. Los datos del Banco de España y del Consejo General del Poder Judicial indican que las entidades bancarias pierden más del 97% de los procedimientos relacionados con cláusulas abusivas. A pesar de ello, Tomillo denunció que han mantenido esta estrategia de continuos recursos para provocar la saturación de los juzgados y retrasar todo lo posible la resolución de miles de reclamaciones presentadas por los clientes. A su juicio, lo que pretenden no es ganar los pleitos sino desanimar a los consumidores y dificultar el ejercicio efectivo de sus derechos.

El escándalo del impuesto hipotecario

La chusca polémica que creó el TS con sus variables interpretaciones sobre quién debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD) fue otro de los episodios judiciales más controvertidos de los últimos años.

Tomillo recordó cómo la sección especializada del Tribunal Supremo concluyó inicialmente que el impuesto debía ser abonado por las entidades financieras. Sin embargo, su presidente forzó que el pleno del tribunal volviese a valorar el asunto y allí se rectificó ese criterio para devolver la obligación de pago a los clientes, una situación tan anómala que el propio presidente del Tribunal tuvo que intervenir y pedir públicamente perdón por tanta volubilidad, devolviendo la obligación de pagar este impuesto a las entidades financieras.

Aquel episodio ha sido uno de los momentos más delicados para la reputación institucional de la Justicia española y finalmente fue necesaria una reforma legal impulsada por el Gobierno para establecer expresamente que el impuesto debía ser asumido por los bancos.

La batalla por el relato económico

Más allá de las cuestiones estrictamente jurídicas, el catedrático de Derecho Mercantil de la UC aprovechó la conferencia para introducir una reflexión económica y social de mayor alcance al contraponer dos visiones diferentes del funcionamiento del capitalismo contemporáneo. Por un lado, la teoría de Simon Kuznets, según la cual el crecimiento económico requiere inicialmente elevados niveles de desigualdad que posteriormente se corrigen de manera natural. Por otro, las tesis de Joseph Stiglitz, quien sostiene que la concentración de riqueza tiende a perpetuarse y a beneficiar de forma desproporcionada a una minoría.

Tomillo se mostró claramente más próximo a la visión de Stiglitz. Argumentó que los abusos financieros constituyen un ejemplo de cómo determinados mecanismos económicos favorecen la acumulación de riqueza en la cúspide social mientras trasladan costes a las clases medias y a los sectores más vulnerables. E

n ese contexto situó la actuación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea como un instrumento corrector capaz de redistribuir parte de esos desequilibrios mediante la restitución de derechos y cantidades indebidamente cobradas.

Setenta mil millones a devolver

Aunque reconoció la ausencia de estadísticas completas y plenamente transparentes, calculó que las entidades financieras españolas han sido condenadas a devolver más de 70.000 millones de euros como consecuencia de litigios relacionados con cláusulas abusivas y otros productos financieros.

A su juicio, se trata de una cantidad extraordinaria que refleja la magnitud del problema y el enorme impacto económico que han tenido las resoluciones judiciales favorables a los consumidores.

No obstante, advirtió de que la batalla jurídica está lejos de haber terminado y mostró especial preocupación por recientes sentencias relacionadas con el índice hipotecario IRPH, que, en su opinión, podrían limitar significativamente el alcance de futuras reclamaciones.

Estimó que por el momento, los consumidores españoles solo han conseguido que se les retornen unos 24.000 millones de euros, y puso en duda que, con tantas cortapisas por parte de las entidades y del propio sistema judicial español, puedan llegar a percibir una parte significativa de la cuantía restante.

Un consumidor convertido en superhéroe

Tomillo mantiene el tono crítico ante algunas resoluciones recientes que, a su juicio, exigen al consumidor niveles de conocimiento incompatibles con la realidad. Tanto que, ironizó sobre este supuesto «consumidor heroico», capaz de localizar antiguas circulares del Banco de España, interpretar complejos conceptos financieros, comprender diferenciales negativos y calcular las consecuencias económicas de productos sofisticados.

Según sostuvo, esa visión del Supremo resulta incompatible con el principio de protección de la parte más débil que inspira la legislación de consumo tanto española como europea.

Como alternativa, defendió una profunda desjudicialización de los conflictos de consumo, con la creación de mecanismos administrativos especializados y la implantación de sistemas arbitrales obligatorios para determinadas reclamaciones económicas. En su opinión, estas fórmulas permitirían resolver conflictos de forma más rápida, menos costosa y más eficiente que el modelo actual, que ha llevado a la congestión de los tribunales.

Europa como garantía

La experiencia acumulada durante las últimas décadas demuestra, según el catedrático de la UC, que muchas de las conquistas en materia de protección financiera solo han sido posibles gracias a la intervención de las instituciones europeas, que han actuado como un garante de los derechos de los consumidores españoles. Una defensa que exige una vigilancia permanente, una ciudadanía activa y unas instituciones capaces de corregir los desequilibrios de poder existentes entre las grandes corporaciones y los particulares.

En definitiva, presentó la historia reciente de las cláusulas abusivas como una larga batalla jurídica y social en la que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha actuado como un auténtico «escudo europeo» frente a los excesos de un sistema judicial que durante años colocó los intereses de las entidades financieras por encima de los derechos de millones de familias españolas.

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