La hostelería podrá abrir ya sus interiores en 92 municipios, entre ellos Santander y Torrelavega

La hostelería podrá abrir sus interiores desde mañana, miércoles, en 92 municipios de Cantabria, entre ellos Santander, Torrelavega y otros doce grandes, mientras que no podrá hacerlo por el momento en diez, como Castro Urdiales, Marina de Cudeyo, Colindres, Santa María de Cayón, Reocín o Medio Cudeyo.

Así se señala en la resolución de la Consejería de Sanidad publica esta tarde en una edición del Boletín Oficial de Cantabria (BOC) en la que se establecen medidas sanitarias para la prevención, contención y control de la pandemia ocasionada por el COVID-19.

Cantabria ha adoptado este nuevo sistema de vigilancia epidemiológica por municipios y medidas sanitarias en función del nivel de alerta fijado tras decaer el pasado domingo el estado de alarma.

Así, las restricciones sanitarias ya no se establecerán para el conjunto de la comunidad autónoma, sino que se aplicarán por municipios con el fin de focalizar la lucha contra la pandemia en los
lugares que tienen una incidencia mayor.

CLASIFICACIÓN POR MUNICIPIOS

La resolución, tal y como ya se había anunciado, incluye una clasificación de los 102 municipios de Cantabria según su nivel de alerta –del 1 al 4, de menor a mayor riesgo–, que se revisará semanalmente.

En esta clasificación, se diferencia entre aquellos municipios de más de 5.000 habitantes –un total de 21– y los otros 81 de menor tamaño.

Cada nivel de alerta implica diferentes medidas y restricciones, no solo para la hostelería, sino también para los aforos del comercio minorista, los monumentos y equipamientos culturales; cines, teatros y espectáculos culturales; velatorios, funerales y otras ceremonias; limitaciones a la actividad física y deportiva y público en eventos deportivos.

Para atribuir el nivel de alerta en los municipios de más de 5.000 habitantes se han tenido en cuenta dos parámetros: la incidencia acumulada en los últimos siete días en población general y en personas de más de 65 años.

Mientras, en los de menos de 5.000, además de estos parámetros, se hace una lectura pormenorizada de otros indicadores como el número absoluto de casos confirmados, el nivel de alerta de los municipios limítrofes, la distribución geográfica de los casos, los positivos
nuevos asociados a brotes o el número de contactos por caso, entre otros.

HOSTELERÍA

En los municipios que tienen menor riesgo, con niveles 1 y 2, los establecimientos de hostelería podrán abrir sus interiores con aforos del 50 por ciento y de un tercio, respectivamente.

Concretamente, en estos momentos, hay cuatro municipios en nivel de alerta 4, el más alto –(Marina de Cudeyo, Santa María de Cayón, Colindres y Liérganes)– y seis en nivel 3 (Castro, Corrales, Reocín, Medio Cudeyo, San Felices de Buelna y Valdeolea). Ninguno de ellos podrá abrir el interior de la hostelería.

Los 92 restantes municipios se encuentran en nivel 2, con lo que podrán abrir el interior de la hostelería a un tercio de su aforo.

Por ahora, en Cantabria, no hay ningún municipio en el nivel uno, con el se permitiría a la hostelería abrir el interior de sus negocios al 50%.

OTRAS MEDIDAS

En la resolución, además de las restricciones para la hostelería y los otros ámbitos citados, se establece una limitación horaria para la realización de actividades colectivas en playas y parques, que estarán prohibidas desde las 20.00 hasta las 8.00 horas.

También se cita la ya fijada limitación horaria para los establecimientos abiertos al público, que deberán seguir cerrando a las 22.30 horas, a excepción de los centros, servicios y establecimientos sanitarios; farmacias; servicios de urgencia de centros de atención veterinaria; centros residenciales de servicios sociales, y gasolineras o estaciones de servicio.

Por otra parte, se incluye la necesidad de autorización previa para la celebración de eventos y actividades multitudinarias (30 o más personas) en la comunidad no prohibidos en la resolución.

Para ellos, la autoridad sanitaria deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de la autoridad sanitaria. Dicha autorización resultará igualmente exigible para la celebración de fiestas, verbenas y otros eventos populares.

La resolución entrará en vigor a partir de las 00.00 horas de mañana, miércoles, 12 de mayo, y, «sin perjuicio de su eventual revisión a la luz de la evolución de la situación sanitaria y epidemiológica, tendrá vigencia hasta que el Gobierno de la Nación declare la finalización
de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19».

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