Alquiler Seguro propone crear un artículo en la LAU que desarrolle el alquiler de temporada y evite el fraude

Alquiler Seguro propone la creación de un nuevo artículo en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que desarrolle el alquiler de temporada y evite un uso fraudulento del mismo, protegiendo los derechos de los inquilinos y aportando más transparencia al sector.

«Al objeto de dotar de mayor protección jurídica tanto a los inquilinos como a los propietarios que formalizan un contrato de arrendamiento actualmente, sería necesario ampliar lo ya dispuesto en la LAU para diferenciar perfectamente ambas tipologías de contratos y conocer cuando estamos ante un arrendamiento de temporada», ha señalado el responsable del área jurídica de Alquiler Seguro, Álvaro Crespo.

Desde Alquiler Seguro, proponen que el legislador pueda crear un artículo concreto en la LAU, que desarrolle esta tipología contractual para lo que sería imprescindible determinar la circunstancia de la temporalidad del contrato e indicar expresamente el motivo en el mismo.

También quieren que se determine exactamente la duración que tendrá el arrendamiento y concretar qué periodo, además de que exista un domicilio permanente del arrendatario diferente a la vivienda que ha sido arrendada para establecer los requisitos necesarios a tener para formalizar sin riesgos un contrato de arrendamiento de temporada, sin que haya dudas de que se pueda tratar de un contrato de arrendamiento de vivienda permanente y quedará sujeto a la normativa de la Ley de Arrendamientos Urbanos como vivienda habitual.

Desde el área jurídica de Alquiler Seguro han recordado que, tanto la jurisprudencia del Tribunal Supremo como la de las audiencias provinciales, han establecido que la «clave» para determinar el tipo de contrato no será el plazo concertado para el arrendamiento, sino la finalidad que tenga ese arrendamiento.

Por otro lado, Crespo ha defendido la necesidad de dotar a las administraciones públicas, y en concreto a los organismos de vivienda de las comunidades autónomas correspondientes, de los medios necesarios para poder controlar que se cumplen con los requisitos necesarios para formalizar arrendamientos de temporada, una vez realizados estos cambio en la ley.

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Source: Europapress

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