Cantabria limita desde hoy a 4 y 6 personas el tamaño de los grupos en espacios cerrados y abiertos

Las nuevas limitaciones se aplicarán del 26 de marzo al 9 de abril

Cantabria aplicará a partir de este viernes, 26 de marzo, y hasta el 9 de abril, las limitaciones acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud para evitar un repunte de los contagios de Covid durante la Semana Santa. Así, se limita a cuatro personas los grupos en espacios públicos cerrados y a seis en abiertos, específicamente en los interiores de hostelería, restauración, locales de juego y similares.

Estas limitaciones no se aplicarán a grupos de personas convivientes, aunque sí a los casos en los que interaccionen convivientes y no convivientes.

Estas medidas se reflejan en un decreto del presidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, y en una resolución de la Consejería de Sanidad publicadas en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).

En los lugares de uso privado, tanto en interior como en exterior, solo estará permitida la presencia de convivientes, salvo en el caso de personas que viven solas, que podrán formar parte de una única unidad de convivencia ampliada; en las reuniones de menores de edad con sus progenitores si no conviven en el mismo domicilio; personas con vínculo matrimonial o de pareja cuando residan en domicilios diferentes; y reuniones para el cuidado, atención o acompañamiento a menores, mayores o dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables, cuando sea necesario para su normal desenvolvimiento.

Además, las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones realizadas al amparo del artículo 21 de la Constitución podrán limitarse, condicionarse o prohibirse cuando no quede garantizada la distancia interpersonal para impedir contagios. No están incluidas en estas limitaciones las actividades laborales o institucionales ni otras que tengan medidas específicas.

HOSTELERÍA, RESTAURACIÓN Y LOCALES DE JUEGO

La resolución de Sanidad publicada en el BOC detalla las limitaciones en establecimientos de hostelería, restauración y locales de juego.

Se limita la permanencia de grupos de personas en mesas en el interior de los establecimientos de hostelería, restauración y en locales de juegos y apuestas a una ocupación máxima de cuatro personas, garantizando la distancia de dos metros entre las sentadas en diferentes mesas o agrupaciones de mesas, que siempre han de respetar la distancia interpersonal. Además, se prohíbe el consumo en barra.

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