Aprobada la convocatoria de subvenciones de obras en fachadas 2020

En la Comisión de Urbanismo también se han aprobado las bases para la convocatoria de ayudas para fomentar el traslado de actividades económicas de entresuelos a bajos comerciales. En ambos casos, las subvenciones se podrán solicitar una vez que se publique el extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial de Cantabria

En la Comisión de Movilidad, Urbanismo y Vivienda se ha aprobado la convocatoria de subvenciones de obras en fachadas 2020 de las edificaciones de carácter residencial y de los edificios incluidos en el Plan Especial de Protección y Catalogación del Patrimonio Arquitectónico de Torrelavega.

Según ha explicado el concejal de Urbanismo, Gerson Lizari, el  objetivo de esta convocatoria es “fomentar las obras de restauración, conservación, mantenimiento, consolidación, reparación y acondicionamiento tendentes a conseguir un mejor aspecto exterior y configuración arquitectónica de las edificaciones existentes”.

La partida presupuestaria asciende a 100.000 euros y el importe de las subvenciones oscilará entre un máximo de 12.000 euros para obras en edificios de protección integral grado 1 y un máximo de 2.500 euros para actuaciones parciales que no se refieran a la totalidad de las fachadas por exclusión total o parcial de su superficie, o por referirse exclusivamente a elementos puntuales que configuran el conjunto como aleros, cornisas, balcones, canalones, carpinterías…

 

VISTO BUENO A SUBVENCIONES PARA TRASLADAR ACTIVIDADES ECONÓMICAS A BAJOS COMERCIALES

Por otro lado, la Comisión de Urbanismo también ha aprobado las bases para convocar una línea de subvenciones para “fomentar” el traslado de actividades comerciales, profesionales y empresariales a locales sitos en las plantas bajas de los edificios del término municipal de Torrelavega, y a la rehabilitación y acondicionamiento de los mismos, durante el año 2020, para conseguir, ha destacado Lizari, “un mejor aspecto exterior e interior de los locales y el desarrollo de actividades comerciales y empresariales en los mismos”.

La partida que se destinará a estas ayudas es de 130.000 euros y las bases deberán ser ratificadas en el próximo Pleno de la Corporación. El importe de la subvención no podrá superar el 70 por 100 del coste de la actividad o proyecto presentado, hasta un máximo de 21.000 euros.

Las bases establecen que la actuación subvencionable será la realización de obras de rehabilitación y acondicionamiento de locales comerciales sitos en las plantas bajas de los edificios por traslado de actividades desde entresuelos situados en el término municipal de Torrelavega. Quedando excluidas las relativas a locales o edificaciones destinados a actividades de hostelería. Y las relativas a locales o edificaciones que no se encuentren en planta baja y no tengan acceso directo desde la vía pública.

También se recoge que es necesario haber desarrollado durante al menos UN AÑO la misma actividad comercial o empresarial en inmuebles de plantas situadas por encima de la planta baja de los edificios de todo el término municipal de Torrelavega, y que esa actividad siga en activo en el momento de solicitarse la subvención. Y que una vez realizada la obra en el local comercial situado en planta baja para el que se solicita la subvención, deberá trasladar la actividad que desarrollaba en el local anterior al nuevo local situado en planta baja, y desarrollar y mantener la actividad comercial o empresarial durante un periodo de al menos DOS AÑOS de forma continuada en el local situado en planta baja.

Podrán acceder a la consideración de beneficiarios/as de estas ayudas: Los propietarios/as únicos/as de locales. Los arrendatarios y usufructuarios debidamente autorizados por la propiedad. Las personas físicas o jurídicas, titulares de actividades ejercidas en los locales o edificios comerciales, con independencia de su condición de propietario, arrendatario o usufructuario debidamente autorizados por la propiedad.

Quedan excluidas y, por tanto, no tendrán la consideración de actuaciones subvencionables, las siguientes:

Las relativas a locales o edificaciones destinados a actividades de hostelería.

Las relativas a locales o edificaciones que no se encuentren en planta baja y no tengan acceso directo desde la vía pública.

En cuanto a los criterios de reparto se establecen en las bases dos zonas de actuación:

  1. ZONA DE ACTUACIÓN 1, incluida entre las calles Conde Torreanaz, Pando, La Llama, Avda. de España, José Posada Herrera, Augusto González Linares, Hermilio Alcalde del Río y Lasaga Larreta.
    • Locales hasta 60 m2.  60% del presupuesto total de la obra, con un máximo de 12.000 Euros.
    • Locales de más de 60 m2. 70% del presupuesto total de la obra, con un máximo de 21.000 Euros.
  1. ZONA DE ACTUACIÓN 2, resto de calles del término municipal de Torrelavega.
    • Locales hasta 60 m2.  60% del presupuesto total de la obra, con un máximo de 5.000 Euros.
    • Locales de más de 60 m2. 70% del presupuesto total de la obra, con un máximo de 12.000 Euros.

 

PRESENTACIÓN SOLICITUD DE AYUDAS

Las solicitudes, en el caso de ambas convocatorias de ayudas, podrán presentarse a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de las mismas.

 

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