El foro verde

La nueva directiva de residuos

El Diario Oficial de la Unión Europea publicó el 22 de noviembre la Directiva 2008/98 sobre residuos que deroga varias anteriores. Por fin.
Según el comisario europeo de Medio Ambiente, Stavros Dimas, se pasa “del concepto de los residuos como una carga indeseable a su consideración como recursos valorados” lo que va a contribuir a hacer de Europa “una sociedad del reciclado”.
La actual legislación sobre residuos, en general, y la de peligrosos, en particular, es un claro ejemplo de la inflación burocrática y del encumbramiento del papeleo y la intervención como paradigma del sin sentido. Esta situación no va a cambiar del día a la mañana pero esta directiva sí puede suponer un punto de inflexión en el modelo que se ha estado siguiendo hasta ahora: la consagración de un control que, paradójicamente, genera, en sí mismo, un caos incontrolable.
Situaciones absurdas, como la que exige más documentación para que circule un camión cargado con unas cuantas latas de pintura vacías que para hacer ese mismo trayecto con un camión cargado de queroseno o del ácido más corrosivo, no van a desaparecer por ahora pero sí otras. Y por eso confiamos en que, a la vista de las ventajas que para todos va a tener el nuevo modelo, incluida una más eficaz conservación del medio ambiente, se empiece a extender su filosofía en otros ámbitos, y no sólo en el de los residuos.
Para empezar, es muy de agradecer que la Comisión se distancie del principio de proximidad. Se acepta, por ejemplo, que determinados estados miembros “quizá no puedan disponer dentro de su territorio de toda la gama de instalaciones de valorización final”. Es cierto que se habría ajustado más a la realidad un texto menos pretencioso, como que “quizá algún día, alguno de los Estados miembros disponga dentro de su territorio de una red que incluya toda (o casi toda) la gama de instalaciones de valorización final.”
Complace, y mucho, que por fin se reconozca, en una norma con tan alto rango jerárquico, el concepto jurídico de subproducto, realidad económica, técnica y material que ha sido sistemáticamente ignorada o despreciada por algunos agentes del sistema. Pues bien, habemus subproductum, y dentro de dos años será también una realidad en toda la UE. Y será una realidad, mal que les pese a algunos, porque afortunadamente podremos traer a colación el tantas veces utilizado “efecto directo de las directivas”, ya que la definición está clara, es incondicional y es precisa. Otra cosa será la aplicabilidad inmediata, pero difícilmente será perseguible una conducta que se ajuste a lo previsto en la directiva, que no perjudique al medio ambiente y que, por un mero prurito conceptual o por la consuetudinaria tradición de la Administración de ir al ralentí, genera además un efecto muy positivo, como evitar que entren en carísimos vertederos ingentes toneladas de subproductos.
Además, como hizo Cataluña adelantándose a la Directiva sobre la Autorización Ambiental Integrada, las comunidades pueden anticiparse a la legislación básica del Estado y dictar normas de desarrollo. Lamentablemente esto es deseable pero no es exigible.

Martín J. Silván
Dtor. de Industria,
Innovación y
M. Ambiente de la Cámara de
Comercio de
Cantabria

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