La patronal aérea celebra que Bruselas unifique criterios sobre el equipaje de cabina y las compensaciones



La Asociación de Líneas Aéreas (ALA) ha acogido con satisfacción la reforma del Reglamento de Derechos de los Pasajeros, aprobada este jueves por el Consejo de la Unión Europea, al considerar que aporta claridad normativa sobre el equipaje en cabina y reduce la litigiosidad en los tribunales.

La reforma establece que las aerolíneas podrán cobrar por transportar en cabina el conocido como trolley, al tiempo que fija las dimensiones mínimas del equipaje de mano gratuito en 40x30x15 centímetros, medidas que deberán ser aceptadas por todas las compañías sin coste adicional.

«La decisión resuelve las dudas sobre la práctica del cobro de equipaje en cabina, unifica el criterio a seguir por los tribunales y termina así con las distintas interpretaciones que vienen haciendo los órganos jurisdiccionales en España al respecto, con lo que se reducirá la litigiosidad», ha destacado ALA en un comunicado.

La patronal también ha aplaudido que el texto concrete qué circunstancias extraordinarias eximen a las aerolíneas de pagar compensaciones en caso de cancelaciones o retrasos. «Esta reforma proporciona certidumbre y seguridad jurídica tanto a los consumidores como a las compañías aéreas», subraya la asociación.

CONTEXTO NORMATIVO.

El acuerdo político, adoptado por mayoría cualificada en el Consejo de la UE, ha contado con el voto en contra de España, Alemania, Eslovenia y Portugal. Entre las novedades, la norma delimita el concepto de equipaje gratuito al bulto personal que puede colocarse bajo el asiento delantero, dejando fuera las maletas que se alojan en los compartimentos superiores, cuyo transporte podrá estar sujeto a un cargo adicional.

España se opuso al considerar que esta definición es restrictiva y puede derivar en que los pasajeros tengan que pagar por prácticamente cualquier bulto más allá de un bolso o mochila pequeña, aunque pueda ir en cabina.

En paralelo, la reforma modifica también el régimen de compensaciones por retrasos. El nuevo umbral mínimo para acceder a una indemnización se eleva a 4 y 6 horas (según la distancia del vuelo), frente a las 3 horas establecidas por el Tribunal de Justicia de la UE hasta ahora. Las cuantías también se reducen: 300 euros para retrasos superiores a 4 horas en vuelos de hasta 3.500 km, y 500 euros para retrasos de más de 6 horas en trayectos largos.

Con el enfoque general adoptado por los Veintisiete, el texto será trasladado al Parlamento Europeo que puede aprobarlo en primera lectura, rechazarlo o enmendarlo, por lo que habrá espacio para negociar entre gobiernos y eurodiputados las posibles enmiendas.

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Source: Europapress

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