Aena no recurrirá las sentencias de la Audiencia Nacional sobre las tasas aeroportuarias de la CNMC

Afirma que no tiene ningún efecto en la cuenta de resultados

MADRID, 30

Aena no recurrirá las recientes sentencias de la Audiencia Nacional, en las que se desestiman los recursos del gestor aeroportuario y su principal socio privado, TCI, en relación a la resolución sobre tarifas aeroportuarias de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC).

En un hecho relevante remitido a la Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV), Aena afirma que estas sentencias de 3 de junio y 17 de junio de 2019 “no suponen impacto alguno para los estados financieros de la compañía”.

Además, estas resoluciones de la Audiencia Nacional tampoco tendrían ningún efecto en los criterios de fijación de las tarifas contenidas en el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) vigente, que abarca los ejercicios 2017 a 2021.

Por ello, una vez analizadas las sentencias dictadas en el proceso de aprobación de la modificación tarifaria de Aena para 2016 y relativas a los criterios de separación de costes de las actividades aeroportuarias y comerciales y el cómputo del déficit de tarifa, Aena considera que no procede recurrirlas.

Actualmente, las tarifas aeroportuarias están reguladas por el DORA, con una rebaja acumulada del 11,1% para el periodo que abarca. Se han mantenido congeladas en 2019, tras la reducción del 2,2% en 2017 y 2018, y se aplican incentivos por abrir nuevas rutas y fortalecer las ya existentes.

SENTENCIAS DE LA AUDIENCIA NACIONAL

Las últimas sentencias de la Audiencia Nacional se refieren a los sendos recursos de Aena y su accionista TCI contra las resoluciones adoptadas en 2015 sobre tarifas aeroportuarias por el superregulador , en las que recurrieron la propuesta de la CNMC de rebajar las tasas aeroportuarias un 3,5% en 2016.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional consideraba ajustada a derecho la reducción de tarifas en un 1,9% establecida el 23 de julio de 2015 por la CNMC y reconoce la competencia de la Comisión para establecer el criterio de separación de costes aeroportuarios aplicables a las operaciones comerciales y a las propias operaciones aeroportuarias

Aunque los recursos de Aena y TCI se refieren al periodo anterior a la entrada en vigor de DORA, la Audiencia Nacional entiende que la CNMC contaba, en ese periodo transitorio, con competencias en el procedimiento de actualización de tarifas.

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Source: Europapress

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