La defensa del exinterventor de Bankia niega ocultar información al auditor o al consejo para falsear cuentas

Alude a las contradicciones entre los fiscales y a la vulneración del principio acusatorio

SAN FERNANDO DE HENARES (MADRID), 24

El abogado del ex interventor general de Bankia Sergio Durá, Ismael Clemente, ha negado que su representado obstaculizase de manera alguna la labor del auditor externo sobre las cuentas de Bankia en 2011, lo que además ni siquiera sería un delito y considera que carecería de sentido a la hora de incurrir en una falsedad contable.

Durante la presentación de sus conclusiones finales en el juicio por la salida a Bolsa de Bankia que se celebra en la Audiencia Nacional de San Fernando de Henares (Madrid), el abogado ha tratado de justificar la no participación penalmente relevante de Durá, la ausencia de idoneidad lesiva, la ausencia de falsedades en las cuentas de BFA y de Bankia y la quiebra del principio acusatorio.

En cuanto a la supuesta participación en un delito de falsedad contable del exinterventor general, que promocionó el pasado mes de enero a director de riesgos de la entidad, el abogado ha negado que existiese obstaculización alguna de la labor auditora, para lo que ha citado las intervenciones de una serie de testigos que negaron que las tasaciones estuviesen “guardadas en un cajón” o que hubiesen detectado una política para retrasar su realización.

Además, ha recalcado que no es competencia del interventor general solicitar y remitir al auditor las tasaciones, que además se estaban entregando progresivamente. En cualquier caso, ha apuntado que ni siquiera es un delito el no entregar papeles al auditor y que forzar una denegación de opinión para falsear cuentas carece de sentido, pues sería una manera de hacer las dificultades de la entidad más patentes o “mandar al mercado un mensaje de cuarentena”.

Además de ocultar información al auditor, a Durá se le acusa de ocultarla también al consejo de administración. En este sentido, el letrado ha asegurado que los presidentes de los comités de auditoría y cumplimiento de BFA y Bankia trasladaron todos los temas planteados por el socio auditor Fracisco Celma a ambos consejos, como declaró el testigo Miguel Crespo, secretario del consejo de la entidad. “Se les dio la información suficiente para votar que sí, votar que no o dejarlo para otro día, y votaron a favor bien, porque las cuentas estaban bien”, ha asegurado Durá.

Por todo ello, el abogado considera que solo se acusa al exinterventor como partícipe por su cargo, cuando la responsabilidad criminal se debe atribuir por los hechos delictivos de una persona, y “por estar sentado en una silla al lado del señor que estaba cumpliendo con su deber y al lado de los señores que estaban votando las cuentas cumpliendo con su deber”. En cualquier caso, ha sostenido que se trata de hechos nuevos que no estaban en los escritos de acusación, motivo suficiente para ser “expulsados del debate”.

AUSENCIA DE FALSEDAD CONTABLE

Respecto a la supuesta falsedad de cuentas de BFA y de Bankia, la exposición se ha centrado en que están ligadas a juicios de valor y, por tanto, “no son susceptibles de verdad o falsedad”. Además, en BFA se adoptaron soluciones a los dos problemas de la valoración de Bankia y de los activos fiscales, y en Bankia el déficit de provisiones “no era tal” y no se puede inferir que la reformulación supuso que las cuentas eran incorrectas, sino que respondió a un cambio en las estimaciones, razón que fue validada por la CNMV.

Para justificar la ausencia de idoneidad lesiva, el abogado de Durá ha destacado que nadie ha presentado ninguna reclamación por las cuentas de 2011, pese a la repercusión pública del procedimiento, que además no accedieron al registro público de la CNMV (sino en hecho relevante), solo estuvieron accesibles durante un fin de semana (con mercado cerrado) y todo esto sin estar acompañadas del informe de auditoría, cuando la jurisprudencia indica que el riesgo de perjuicio solo nace a partir de la emisión de este informe, que opera como elemento de seguridad de “enorme trascendencia”.

CONTRADICCIONES ENTRE FISCALES Y ERRORES DE LAUNA

Al inicio de su intervención, el abogado defensor del ex interventor general de Bankia ha incidido en todos los “errores epistemológicos” que considera que ha cometido la Fiscalía durante un juicio que ha sido “un examen de contabilidad” y que justificarían la absolución de su representado.

Así, ha cuestionado que la fiscal Carmen Launa ha omitido la parte positiva de cada elemento probatorio y no ha respetado un criterio a la hora de elegir dar más validez a un informe o a la exposición que su autor ha hecho de él durante el juicio, ha criticado que se valore de forma distinta un mismo hecho y ha cargado contra “la falacia de envenenar el pozo” al advertir de la utilización de un argumento que ya fue usado en procedimientos como Afinsa o la CAM por quienes después fueron condenados, pues “lo importante no es quién use el argumento, sino si aplica a unos hechos u otros”.

El abogado también ha afirmado que la fiscal ha perdido credibilidad tras cambiar el criterio sobre el que fundamenta su razonamiento y ha cargado contra la “falacia populista” que lleva a juzgar la gestión empresarial en la entidad. ” Es que Bankia quebró, ¿quién va a ser responsable? Es que ese negocio se fue a pique y hubo que rescatarlo… esto funciona, se usa y da rentabilidad, pero es una falacia, porque se está juzgado la mayor o menor diligencia a la hora de gestionar un negocio, cuando aquí se está juzgando los criterios contables que se utilizaron”, ha señalado el abogado.

La defensa del exinterventor también ha utilizado como argumento las “conclusiones tan distintas” a las que llegaron los dos fiscales, Alejandro Luzón y Carmen Launa. “Hay un margen de incertidumbre y todos vivimos en ese margen, por eso aquí no cabe hablar de falsedad. El señor Luzón dijo en fase intermedia que las cuentas de 2010 y de 2011 no eran falsas, y Launa ha llegado a una conclusión diferente con la misma prueba. El hecho de que dos personas lleguen a conclusiones tan distintas hacen que, al menos, haya dudas”, ha puesto de manifiesto Ismael Clemente.

QUIEBRA DEL PRINCIPIO ACUSATORIO

Por otro lado, el abogado ha cuestionado que en su escrito de acusación provisional la fiscal no solo no acusó por las cuentas de BFA y Bankia de 2011, sino que tampoco indicó que las creyese falsas sin poder acusar por ello. Por el contrario, razonó que no eran falsas ni potencialmente lesivas, para al final de la prueba cambiar su escrito y considerar acreditada la falsedad contable, cuando la ley prohíbe la mutación sustancial de los hechos.

Según ha explicado Clemente, los hechos objetos de acusación deben estar claramente identificados con la conducta del acusado durante la fase intermedia, en la que este deberá defenderse. En este sentido, la fiscal podría haber imputado a Durá el hecho de falsedad en su conclusión final si otras partes también lo hubieran hecho adecuadamente al inicio del juicio, pero quienes sí le acusaron al inicio lo hicieron de forma genérica y sin especificar qué actuaciones fueron delictivas.

“Esto no vale, los hechos que se imputan no pueden ser imprecisos ni vagos”, ha apostillado el letrado, quien considera que la única acusación válida contra su representado ha sido la de la fiscal. “Si lo leo (el escrito final), no tengo ninguna duda de lo que me imputa. ¿Por qué no hicieron eso en la fase intermedia las acusaciones? Podían haber hecho el mismo ejercicio brillante que ha hecho la fiscal”, ha afirmado el abogado, quien por tanto considera que no se han respetado los requisitos de derecho acusatorio.

“No hay nada que recoger, la fiscal no puede, si no recoge los hechos de otros, pasar de no acusar a acusar, y ya solo por esta razón se necesita una absolución”, ha argumentado el abogado.

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Source: Europapress

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