AYUDAS EMPRESARIALES EN VIGOR

AYUDAS A LA REINDUSTRIALIZACIÓN EN ZONAS DESFAVORECIDAS

Se publica la convocatoria de ayudas a actuaciones de reindustrialización a nivel nacional. Distingue entre dos áreas de inversión:
1. Área de infraestructura:
• Podrán optar a esta área entidades públicas, instituciones sin ánimo de lucro y asociaciones de empresas que tengan por finalidad proporcionar servicios al sector empresarial de carácter técnico conexos a la actividad industrial.
• Infraestructura básica: Realización de inversiones en infraestructuras técnicas e industriales, tales como parques tecnológicos, suelo industrial, acceso a redes de transporte y de telecomunicaciones.
• Infraestructura de servicios: Desarrollo de proyectos que proporcionen diagnosis y soluciones tecnológicas a grupos de pequeñas y medianas empresas industriales para proyectos de inversión, dirigidas a la mejora de la productividad.
• Serán gastos subvencionables los incurridos en personal, materiales, colaboraciones externas y otros gastos imputables a la iniciativa objeto de la ayuda.
2. Área de industria: Arranque y ejecución de iniciativas que generen empleo y que actúen como fuerza motriz del desarrollo del sector productivo empresarial.
Optarán a esta línea, las empresas y asociaciones de empresas que desarrollen una actividad productiva industrial. Objetivos:
• Crear nuevas actividades industriales que supongan un fortalecimiento y diversificación de la estructura industrial de las zonas susceptibles de aplicación.
• Aprovechar las capacidades y potencialidades de la zona que produzcan una dinamización de la economía local.
• Desarrollar empresas de sectores maduros que incorporen procesos de elevado contenido tecnológico.
• Instalar y ampliar industrias de sectores emergentes.
• Se admitirán como elementos de inversión los terrenos, edificios, aparatos y equipos; especialmente los bienes de equipo nuevos y las inversiones que incorporen a estos procesos con un alto contenido tecnológico.

Los proyectos deberán localizarse en aquellas zonas deprimidas que cumplan conjuntamente y de forma simultánea los siguientes requisitos:
• Zonas geográficas en las que, existiendo un tejido industrial compuesto por sectores sometidos a procesos de cambio o adaptación, se produzcan en ellos efectos de pérdidas significativas de capacidad productiva y de empleo por operaciones de ajuste o reestructuración en las empresas productivas del sector industrial, o por procesos de deslocalización.
• Zonas geográficas susceptibles de ayuda regional.
La intensidad de la ayuda alcanzará para proyectos de Industria hasta el 50% del presupuesto presentado a reindustrialización y, para proyectos de infraestructura, hasta el 50% en subvención y/o el 75% en préstamo del presupuesto presentado a reindustrialización.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 22 de diciembre, y los proyectos deberán ejecutarse en 2011.
Las solicitudes se presentarán ante el Registro Telemático del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio mediante firma electrónica. www.mityc.es

AYUDAS DESTINADAS AL DESARROLLO ENDÓGENO DE ZONAS RURALES

Se convocan ayudas destinadas a financiar proyectos de desarrollo endógeno en zonas rurales. Los objetivos que persiguen son:
-Crear un tejido socioeconómico que permita integrar la mano de obra excedente del sector primario mediante el apoyo a las micropymes.
-Atraer inversiones alternativas a la agricultura.
-Fijar la población.

Los Grupos serán los encargados de evaluar los proyectos, así como dinamizar y movilizar a las empresas del territorio para que propongan proyectos de actuación, asesorándoles en su diseño y puesta en práctica. El objetivo es la promoción y ejecución de proyectos que generen empleo o mejoren la calidad de vida.
Los Grupos informarán a la población acerca de las ayudas existentes y seleccionaran aquellos proyectos que alcancen mayor grado de adecuación a los objetivos.
Las empresas que quieran formar parte de los órganos gestores de las ayudas, Grupos, deberán presentar una memoria sobre el programa a realizar en su ámbito territorial de actuación antes del 11 de diciembre.
Podrán optar a las ayudas las micropymes que vayan a realizar inversiones destinadas a:
-La creación, modernización o ampliación de empresas en el medio rural, que persigan el desarrollo de actividades en los sectores industrial y de servicios.
-Equipamiento Telemático.
-Conservación del paisaje, así como aprovechamiento energético, depuradoras…
-Actuaciones encaminadas a la diversificación de actividades ya existentes.
En ningún caso tendrán la consideración de subvencionables los gastos relativos a actividades del sector primario, agrícolas y ganaderas, y proyectos de alojamiento turístico, así como fórmulas de arrendamiento financiero.
Las micropymes que quieran optar a estas ayudas tendrán que dirigir sus solicitudes a los Grupos antes del 4 de enero de 2011, acompañando a la documentación administrativa una memoria descriptiva de las actuaciones a realizar.
Las actuaciones no podrán ser iniciadas antes de la presentación de la solicitud y el importe de las subvenciones no superará los 55.000 euros por beneficiario.
Las solicitudes pueden tramitarse en la Consejería de Economía y Hacienda:
Dcción. Gral. de Economía
Tfno.: 942 20 79 07
C/ Hernán Cortés, 9 – 39003 Santander

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