El Tribunal de Cuentas advierte de fórmulas «excesivamente genéricas» en los contratos de la Seguridad Social

El órgano fiscalizador considera que con términos generales los contratos se ajustan a la legalidad

El Tribunal de Cuentas ha pedido al Instituto Nacional de la Seguridad Social una mayor precisión en los criterios de adjudicación de sus contratos, ya que el órgano considera que se utilizan fórmulas «excesivamente genéricas».

El organismo ha fiscalizado los contratos de obras, servicios y suministros celebrados por la Seguridad Social en el ejercicio de 2021 y esa falta de detalle a la hora de adjudicar los contratos se ha puesto de manifiesto en su informe, al que ha accedido Europa Press.

Concretamente, de los 393 contratos formalizados por el Instituto Nacional de Seguridad Social en 2021, han sido fiscalizados un total de 66 que representan el 70% del importe de adjudicación, con casi 24,5 millones de euros. Por su volumen y relevancia económica, dice el Tribunal, destacan los contratos de vigilancia y seguridad, de limpieza y de mantenimiento de edificios.

En todos los pliegos se ha incluido algún tipo de criterio objetivo de adjudicación o de condición especial de ejecución de carácter social y/o medioambiental. El Tribunal de Cuentas apunta que la inclusión de este tipo de consideraciones constituye una buena práctica de gestión, si bien en 49 expedientes no ha quedado reflejada su vinculación con el objetivo de los contratos en aras de lograr la eficacia de su cumplimiento.

RETRASOS EN LOS CONTRATOS

Por otro lado, el organismo ha señalado que en dos casos se han detectado retrasos de 5,5 meses y de 10 meses, que han demorado la finalización de las obras con respecto a los plazos de ejecución inicialmente previstos. En un caso, el Instituto aplicó penalidades económicas a la empresa adjudicataria por un importe de 14.708,40 euros por el incumplimiento del plazo establecido.

Con todo ello, el Tribunal ha recomendado también precisar mejor las condiciones especiales de ejecución y la no división del objeto del contrato en lotes. Eso sí, pese las advertencias, el organismo considera que, en términos generales, la Seguridad Social se ajustó, con carácter general, a la legalidad.

Tras estas advertencias, el Tribunal recomienda al Instituto de Seguridad Social justificar «debidamente» en los expedientes de contratación los motivos que amparan la decisión de no dividir en lotes el objeto de los contratos. En este contexto, insta a motivar «de manera concreta» en los expedientes la justificación de los criterios objetivos de adjudicación utilizados, así como la ponderación asignada a cada uno de ellos.

Por último, el órgano fiscalizador considera que la Seguridad Social tiene que impulsar medidas para mejorar el diseño y la justificación de los criterios objetivos de adjudicación. También de las condiciones especiales de ejecución, incorporando la aplicación de medidas concretas de carácter social, laboral o medioambiental, relacionándolas con el objeto de los contratos y estableciendo indicadores de seguimiento suficientes que permitan verificar adecuadamente la eficacia de su cumplimiento.

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Source: Europapress

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