El Gobierno aprueba el anteproyecto para crear el marco de resolución del sector de los seguros

Economía será la responsable de abrir los procedimientos de resolución y la DGSFP, la encargada de ejecutarla
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el anteproyecto de Ley para crear un marco para la recuperación y resolución de entidades aseguradoras y reaseguradoras en España.
Este anteproyecto responde a la necesidad de trasladar al ordenamiento jurídico español la Directiva 2025/1, donde se establece un marco de resolución armonizado para toda la Unión Europea.
El texto elaborado por el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa establece que el actual supervisor del sector asegurador, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), sea la autoridad de resolución y que las dos funciones (supervisión y resolución) queden separadas «funcional y orgánicamente», aunque sigan integradas en el mismo órgano directivo, algo que permite la directiva europea.
Además, se atribuyen al Ministerio de Economía las competencias de acordar la apertura del procedimiento de resolución y determinar los instrumentos a aplicar, correspondiendo a la autoridad de resolución la ejecución de dichas medidas.
La norma crea, además, un mecanismo nacional de financiación mixto: con financiación ex ante , utilizando el fondo de liquidación del Consorcio de Compensación de Seguros, destinado prioritariamente a cubrir a los asegurados y beneficiarios y a financiar costes de resolución; y con un mecanismo ex post (en caso de ser necesario) financiado mediante contribuciones posteriores de las entidades aseguradoras, destinado a compensar a accionistas y a acreedores distintos de los asegurados que queden en peor situación que en liquidación ordinaria.
PLANIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN
En su función supervisora, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones determinará las entidades que tendrán la obligación de elaborar planes preventivos de recuperación (las obligadas son las entidades que representen al menos el 60% del mercado nacional de seguros de vida y no vida) a fin de anticipar situaciones de deterioro financiero y adoptar medidas correctoras que permitan restablecer su viabilidad.
El supervisor deberá, asimismo, evaluar estos planes, exigir su revisión cuando detecte deficiencias y requerir la activación de las medidas correctoras cuando los indicadores superen ciertos umbrales.
En su función de autoridad de resolución, la DGSFP elaborará planes de resolución para las entidades de mayor tamaño que representen al menos el 40% del mercado español, así como para aquellas cuya resolución considere la autoridad que es de interés público o cuando la entidad desempeñe funciones esenciales para la economía.
El objetivo es que la autoridad esté preparada para gestionar una situación de inviabilidad de una aseguradora determinando ex ante la estrategia de resolución más adecuada para cada entidad o grupo.
RÉGIMEN DE RESOLUCIÓN
El objetivo último de este marco de resolución es garantizar una solución para las aseguradoras inviables, protegiendo al mismo tiempo a los asegurados y sin que se produzca una «merma» en la estabilidad financiera y sin la aportación de ayudas públicas extraordinarias, «evitando así que las entidades sean rescatadas con el dinero de los contribuyentes».
Se trata así de un marco de resolución similar al que ya se aplica para los bancos de la Unión Europea y que sirvió, por ejemplo, en el caso de la resolución de Banco Popular en 2017.
En el caso del sector aseguradors, se ha establecido que la resolución se aplique solo si se cumplen tres requisitos: en primer ligar, que la entidad se inviable o probablemente inviable, siguiendo unas situaciones tasadas; en segundo lugar, que no existan alternativas de recuperación viables; y en tercer lugar, que la resolución sea necesaria para el interés público (es decir, que la resolución sirva para proteger a los aseguradoras, mantener la estabilidad la estabilidad financiera, etc) en lugar de una liquidación ordinaria.
Para ello, Economía contempla cinco instrumentos de resolución: extinción-liquidación en situación de solvencia; venta del negocio; entidad puente que facilite la resolución ordenada; segregación de activos y pasivos; y amortización o conversión de pasivos.
El anteproyecto da competencias a la Dirección General de Seguros para ejecutar la resolución, ejerciendo control sobre la entidad y facultades para proteger derechos y estabilidad.
Además, la ley incluye principios para tomar decisiones conjuntas sobre grupos que tengan entidades en varios Estados miembros.
Por último, se tipifican infracciones muy graves, graves y leves para personas físicas y jurídicas sujetas a la ley, incluyendo administradores y titulares de participaciones significativas. Las sanciones incluyen multas, suspensión o revocación de autorizaciones, inhabilitaciones y amonestaciones públicas.
El anteproyecto pasará ahora a fase de audiencia pública para que los agentes interesados presenten alegaciones al texto. Una vez concluida esta etapa, el siguiente paso será ya el inicio de su tramitación parlamentaria con el envío al Congreso de los Diputados.
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Source: Europapress