Transición Ecológica abre a consulta el proyecto de Real Decreto de fomento de combustibles renovables



La norma favorece la electrificación del transporte con un nuevo sistema de incentivos (e-credits)

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha abierto este jueves a audiencia pública la propuesta de Real Decreto de fomento de combustibles renovables, que establece obligaciones de penetración de renovables en el mercado para los suministradores de combustibles en el transporte.

Dicha norma transpone una directiva europea que permite asegurar el cumplimiento del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (Pniec 2023-2030), que prevé un 16,3% de reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) en 2030.

Para cumplir con el objetivo del Pniec, se focalizará en el uso de renovables autóctonas, se priorizará la electrificación –con un nuevo sistema de incentivos, denominado e-credits– y los combustibles con menor impacto, como los procedentes del tratamiento de residuos o de origen no biológico (Rfnbo).

Alcanzar las metas proporcionará un ahorro progresivo en importaciones de combustibles fósiles que alcanza los 3.000 millones de euros anuales al final de la década, un 10% del actual déficit energético de la balanza comercial española, de 30.442 millones en 2024.

Además del impacto económico, las medidas también contribuirán a reforzar la autonomía estratégica de España. Se estima una reducción de las importaciones energéticas equivalente al 2,5% del consumo de energía primaria en 2030, y hasta un 10% en el sector del transporte.

OBLIGACIONES DE REDUCCIÓN DE EMISIONES

Para cumplir con las metas establecidas por la directiva europea y alcanzar la ambición del Pniec, esta propuesta de Real Decreto duplica los actuales objetivos de penetración de renovables en el transporte por carretera para 2030 e introduce nuevos objetivos modales de reducción de emisiones para las empresas matrices de los proveedores de combustibles en otros ámbitos del sector del transporte.

Así, en el transporte por carretera, el objetivo de reducción de GEI es del 15,6% al final de la década, mientras que en el transporte ferroviario no electrificado se fija un objetivo de reducción de emisiones GEI a 2030 del 5,4%.

En el transporte aéreo, se reconocen los objetivos marcados por el Reglamento ReFuelEU Aviation, que establece que los combustibles de aviación sostenibles deberán de representar el 2% desde 2025 hasta 2029 y el 6% a partir del 1 de enero de 2030, todo ello medido en toneladas en lugar de GEI.

En el transporte marítimo se establece una meta sólo aplicable a la navegación de cabotaje (entre puertos españoles), que deberá alcanzar una reducción de GEI del 3% a 2030.

CRÉDITOS DE ELECTRICIDAD EN EL TRANSPORTE: E-CREDITS

Para favorecer la consecución de las metas marcadas, la norma establece las bases para la creación de un mecanismo de créditos de electricidad renovable (e-credits), un sistema voluntario para que los sujetos obligados a introducir renovables en el transporte puedan contabilizarse la energía limpia consumida por los vehículos eléctricos. A la par, los e-credits proporcionarán ingresos adicionales a los operadores de los puntos de recarga.

Los e-credits afianzarán serán válidos por un periodo máximo de 24 meses desde la fecha de expedición. El Ministerio gestionará el mecanismo de intercambio, así como de su reconocimiento y contabilización.

Para facilitar la consecución de las metas fijadas para aquellos actores cuya actividad se desarrolle en diferentes modalidades de transporte, también se busca visibilizar, por primera vez, los esfuerzos de descarbonización a través de dos distintivos que reconocerán, anualmente, a las empresas que hayan conseguido certificar la mayor reducción de emisiones GEI con combustibles y electricidad renovables con el sello Líder en transición energética en el sector del transporte .

Asimismo, la norma prevé reforzar los mecanismos de supervisión de las entidades de verificación encargadas de certificar la penetración de renovables para que, si se detectan casos de no conformidad, se pongan en conocimiento del organismo de certificación, que las podrá suspender o retirar su correspondiente acreditación.

Finalmente, se establece un régimen sancionador específico para los sujetos obligados que no cumplan con sus metas de reducción de emisiones, con multas económicas; en caso de reiteración, se contempla la suspensión temporal de la actividad o incluso la inhabilitación.

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Source: Europapress

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